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/Ellitoral.com.ar/ Nacional

Eduardo Feinmann le ganó un juicio al Partido Obrero

(Infobae) El periodista Eduardo Feinmann y el canal de noticias C5N le ganaron un juicio al Partido Obrero al obtener un fallo favorable de la Cámara Civil, que rechazó una demanda iniciada por esa agrupación política. El PO había hecho la presentación luego de que Feinmann denunciara en su programa que militantes de ese partido y de Quebracho habían sido responsables de los destrozos ocurridos durante una manifestación que incluyó la quema de vagones de la línea Sarmiento en 2008.

Lo resolvió la Sala M de la Cámara Civil, con la firma de los jueces Elisa Díaz de Vivar, Mabel de los Santos y Fernando Posse Saguier. Así revocaron un fallo de primera instancia del juez Juan Pablo Rodríguez, quien había condenado al periodista y a Telepiu SA (C5N) a pagar $150 mil más intereses al PO y a José Escobar, militante de ese partido y ex candidato a intendente de Merlo.

En el fallo, los magistrados hacen referencia a la defensa de la libertad de expresión. "No cabe duda que reunirse, asociarse, propagar las ideas, peticionar a las autoridades, orientar la opinión pública, hacen al ejercicio de la libertad individual, de palabra y de asociación; en fin, al legítimo ejercicio de los derechos", dice el escrito, al que accedió Infobae.

En ese sentido, los jueces consideraron que "a lo largo del expediente varios entes oficiados dieron cuenta de la autenticidad de las publicaciones que referían marchas con participación de diversos sectores entre los que aparecen los protagonistas".

Los demandantes acusaron que Feinmann actuó con real malicia, esto es, con difamación, que existiría inexactitud de las manifestaciones y que obró con dolo. Ello porque habló de "delincuentes" sobre los que provocaron destrozos y quemas en los vagones. "Las siguientes manifestaciones que señala el actor, no exceden el límite exigible ni resultan denigrantes sino que se refieren a hechos y no son juicios de valor", consideraron los jueces sobre esto. O sea, para la Cámara Civil no hubo real malicia por parte de Feinmann.

"Es preciso detenerse en lo que emerge de numerosos fallos, para concluir que frente a una arremetida o agresión que se pretende deshonrosa, la atenuación al derecho al honor no se limita a los funcionarios públicos, sino que comprende a las personas públicas, es decir, aquellas que salen voluntariamente del ámbito de privacidad del ciudadano común o mero particular, para insertarse en la esfera del debate público, sea en temas de interés público o gestión de intereses de la comunidad, por lo que se ven expuestos a un riesgo mayor de sufrir afrentas", concluye el fallo.

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