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/Ellitoral.com.ar/ Policiales

La Justicia ratificó la condena a un luchador goyano por violencia de género

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) dejó firme la sentencia del Tribunal Oral de Goya que condenó a 5 años de prisión a Mauricio “La Furia” Pare por el delito de lesiones graves doblemente calificadas por la relación de pareja. 

El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes ratificó la condena del Tribunal Oral de Goya que había condenado a 5 años de prisión a Mauricio Ariel Pare, por el delito de lesiones graves doblemente calificadas por la relación de pareja y mediando violencia de género.

Se trata de un reconocido deportista de lucha libre goyano, conocido como “Mauri” Pare, apodado como “La Furia”.

En octubre de 2016, su esposa lo denunció por violencia de género al presentarse ante la Comisaría de la Mujer e inmediatamente fue detenido y quedó alojado en la Comisaría Primera de aquella ciudad.

Según se supo, en aquel momento, la pareja tenía planes en conjunto ya que habían acordado irse de la ciudad a vivir juntos a otro lugar cuando ocurrieron los hechos de violencia que causaron gran conmoción ya que se trataba de un reconocido deportista.

Tras quedar detenido e imputado, la causa se elevó a juicio oral que se desarrolló a fines de mayo último.

Luego del relato de los testigos se avanzó con la exposición de los elementos probatorios y esto dio lugar a la culminación del proceso.

Prosiguieron con los alegatos, de defensa, querella y Ministerio Público hasta que finalmente los jueces Julio Angel Duarte, Romelio Díaz Colodrero y José Luis Acosta, con todos los elementos aportados a la causa consideraron que es culpable del delito de violencia de género, condenándolo a la pena de 5 años de cárcel, de acuerdo con lo publicado por el portal TN Goya.

Apelación

La defensa sostuvo que la calificación causaba gravamen irreparable a su defendido y apeló el fallo ante Casación por lo cual pasó a instancias del Superior Tribunal de Justicia.

El primer voto, del miembro del máximo órgano Alejadro Chain, indicó que tenía por acreditadas las lesiones y que se habían constatado una por una, conforme a la sana crítica, la razón, la lógica, la experiencia. “(…) el informe médico (…) resulta claro y contundente en cuanto al grado de lesiones que presenta la víctima”.

Los peritos interpretaron que la lesión sufrida por la mujer revestía carácter grave: “debilitamiento permanente de la función respiratoria (por obstrucción al flujo aéreo nasal); lesión permanente y visible a una distancia personal (es la distancia que corresponde aproximadamente a unos 60 cm a 120 cm) que produce pérdida del equilibrio estético del rostro (pérdida de la simetría facial y/o corporal) que de acuerdo a la bibliografía consultada lo encuadra en deformación permanente del rostro; el tiempo de curación fue mayor a un mes…”.

Rechazo

Es en este contexto que los jueces del máximo órgano de Justicia de la provincia  de Corrientes firmaron la sentencia Nº 140 por la cual rechazaron un recurso de casación presentado por la defensa de Mauricio Ariel Paré.

De esta manera, los jueces de la corte provincial dejaron firme la condena de 5 años de prisión impuesta por el Tribunal Oral de Goya que lo encontró responsable del delito de lesiones graves doblemente calificadas por la relación de pareja y mediando violencia de género (art. 90 en relación con los arts. 92 y 80 inciso 1° y 11° del C.P.).

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