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/Ellitoral.com.ar/ Interior

Curuzú: ex funcionario ahora también fue procesado por negociaciones incompatibles con su rol público y enriquecimiento ilícito

Por el presunto hurto de energía, en los primeros días de diciembre pasado el juez de Instrucción de Curuzú Cuatiá procesó a Ramón Ocampo, quien ejerció varios roles en la Municipalidad curuzucuateña, entre ellos, el de secretario de Obras Públicas. Antes que concluyera el 2017, tanto el citado ex funcionario como su pareja fueron detenidos. Pero ahora el magistrado también procesó a Ocampo por presuntas negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y enriquecimiento ilícito.

Sobre esta última medida adoptada, el juez Martín Vega consideró en su fallo que está acreditado provisionalmente que Ocampo incurrió en los mencionados delitos. En este punto explicó que los ingresos económicos que percibió durante el ejercicio de la función pública, “si bien podían permitir la satisfacción de sus necesidades, no constituían un caudal que convirtiera al mismo en una persona de fortuna, con posibilidades de grandes inversiones”, especificaron desde el Poder Judicial. Al mismo tiempo detallaron que durante la investigación quedó revelado que el ex secretario de Obras Públicas presuntamente realizó una inversión inmobiliaria que consistió en la construcción de 15 departamentos o unidades habitacionales -cuyas tareas están avanzadas- la edificación de locales comerciales, la adquisición de vehículos de alto costo, entre otros.

Asimismo, Vega estimó que también quedó probado que “Ocampo mantenía una relación de pareja con Anabella Beatriz Aranguiz, quien resultó de importancia para que el primero pudiera implementar una maniobra de ocultamiento de la titularidad de los bienes adquiridos”. El plan de los imputados, según lo expresado por el magistrado, “consistió en simular la propiedad de bienes adquiridos por el hombre haciéndolos pasar como de propiedad de la pareja”.

Por ello, el juez de Instrucción dictó además el procesamiento y prisión preventiva contra Aranguiz en carácter de partícipe necesaria en el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y “en calidad de persona interpuesta en concurso real” en el presunto enriquecimiento ilícito.

“Los delitos en que se encuentran involucrados los procesados se encuentran previstos en los artículos. 265 y 268 (2) tercer párrafo del Código Penal Argentino”, indicó el magistrado, quien destacó que “los bienes detectados hasta el presente, y que se considera que integran el enriquecimiento ilícito, se encuentran embargados por la Justicia y sujetos a decomiso en caso de recaer condena”. 

Por último, hizo hincapié en que “las investigaciones siguen su curso por delitos en perjuicio de la administración pública durante la gestión del ex funcionario, no descartándose la ampliación de las imputaciones hacia nuevos partícipes y más hechos presumiblemente ilícitos”.

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