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/Ellitoral.com.ar/ Interior

Por la suspensión de una obra, un juez ordenó al Municipio que indemnice a un particular

Hace más de ocho años hubo un fuerte debate por la ejecución de un proyecto para construir un edificio de 11 pisos. El caso derivó en una ordenanza y la suspensión de la construcción. Esta última decisión fue objetada por el propietario de la edificación, quien ahora obtuvo un fallo favorable. 

El Juzgado Civil y Comercial Nº 1 de Goya hizo lugar al planteo de un particular a quien, en el 2011, la Municipalidad de Esquina no le permitió ejecutar la construcción de un edificio de 11 pisos. Por ello, ahora deberá abonarle una indemnización equivalente a $700 mil, más los intereses correspondientes. El caso generó un fuerte debate que incluyó la aprobación de una ordenanza en el Concejo y planteos, de diferentes sectores de la comunidad. 

Precisamente, hace ocho años -en marzo- hubo una reunión multisectorial en la que participaron pobladores, miembros de la Asociación de Comercio e Industria local, ediles y autoridades municipales. En ese contexto, los funcionarios recepcionaron objeciones a una obra que se estaba ejecutando y que implicaba un edificio de 11 pisos. En aquella oportunidad, los planteos se basaron en que regían dos normas que presuntamente prohibían ese tipo de construcción en la costanera local.

El debate continuó y -tal como publicó El Litoral en aquella oportunidad- después de varias idas y vueltas, el Ejecutivo envió un proyecto al Concejo. La propuesta consistió en que se habilitara la continuidad de la obra, pero con la condición de que se reduzca la edificación a cuatro pisos.

Tras permanecer durante varias semanas el pedido del Municipio, finalmente en la sesión del miércoles 7 de diciembre de 2011, este se aprobó por ocho votos a favor y uno en contra. 

Planteo

Pero más allá de lo sucedido en el recinto, el propietario del inmueble, que se consideró afectado por la suspensión de la obra que ya había sido habilitada, acudió a la Justicia.

Y después de varios años, días atrás, recibieron un dictamen favorable en el cual le dan lugar parcialmente a la presentación que realizó Alfredo Strugo contra la Municipalidad de Esquina. En este sentido, desde la Justicia especifican que declaran la nulidad de la resolución Nº 831/2011 emitida por el Ejecutivo y también la aprobada por el Concejo.

Asimismo, ordena a la Municipalidad que pague $770.891,19 a Strugo, en concepto de resarcimiento. Pero además, autoriza a que se apliquen los intereses correspondientes al período contemplado entre diciembre del 2011 y la fecha en que se efectivice el pago de la indemnización.

Consultado sobre esto, Strugo manifestó a El Litoral que el fallo emitido días atrás a favor de su planteo “es en primera instancia”. Haciendo referencia a que el Municipio de Esquina podría apelar. No obstante, el demandante aclaró que -si eso sucede- él también recurrirá a todas las instancias disponibles porque sigue sosteniendo que en esa oportunidad contaban con el aval necesario para poder ejecutar la construcción del edificio de 11 pisos.

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