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/Ellitoral.com.ar/ Sociedad

Denunció a su hija por un aborto pero la Justicia falló en su contra

Desde el Poder Judicial, comunicaron que la Cámara de Apelaciones en lo Criminal de Corrientes consideró carente de valor el origen de la denuncia que formuló una madre contra su propia hija en una causa por supuesto aborto, y anuló el procesamiento. 

La Justicia dejó sin efecto el procesamiento por la comisión del delito de “supuesto aborto” (artículo 88 del Código Penal) por considerar que el Juzgado de Instrucción no había respetado la prohibición de denunciar a un descendiente establecida en art. 181 del Código Procesal Penal.

“Los elementos de prueba valorados son violatorios de normas legales y de garantías constitucionales y por consiguiente carecen de validez, con lo que tornan a su vez inválidos los actos procesales subsiguientes por imperio de la regla de exclusión probatoria”, afirmó en su primer voto el doctor Héctor Raúl Cornejo.

La imposibilidad de denunciar a un descendiente, en este caso a una hija, se fundamenta en el principio de cohesión familiar que tiene por finalidad mantener el respeto y la solidaridad entre ciertos individuos del grupo familiar.

La denuncia se inició, según comunicaron, ante el llamado de una mujer a la comisaría advirtiendo que su hija estaba internada en el hospital como consecuencia de haberse provocado un aborto. 

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