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/Ellitoral.com.ar/ Actualidad

El STJ fijó una tercera etapa de justicia administrada

Por acuerdo de ministros, esta fase se extenderá hasta el 7 de junio. Se prevé un reintegro progresivo del personal. A partir del 1 de junio se reanudarán los plazos procesales en el fuero no penal. En el penal ya estaban en marcha desde el 18 de mayo. 

A través del acuerdo extraordinario Nº 11, los ministros del Superior Tribunal de Justicia fijaron una tercera etapa de justicia administrada en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia de covid-19. Esta rige a partir hoy y se extenderá hasta el 7 de junio.

Ayer, la Corte provincial resolvió por acuerdo extraordinario N°11/20 la nueva etapa en la prestación del servicio de justicia, respetando las recomendaciones de las autoridades sanitarias por la pandemia. Por ello se continuará con el reintegro progresivo del personal administrativo. Mediante esta nueva norma se establece un horario de prestación de servicio de los tribunales de 7 a 13. Será de aplicación obligatoria durante este nuevo período de servicio de justicia de atención extraordinaria administrada, el “Marco Regulatorio de Emergencia General (Mreg)” aprobado en el acuerdo extraordinario N° 9/2020, según se informa en el documento que difundió la oficina de prensa del STJ.

Cabe señalar que en el fuero no penal seguirán actuando en todos los casos urgentes. Además, comenzarán a tramitar las causas en las siguientes materias: en civil y comercial (con competencia en ejecución); anotación de litis; Ejecución de expensas; ejecución de honorarios (de causas en trámite). En civil y comercial (con competencia en conocimiento), restricción de la capacidad; interdicto; información sumaria para beneficio previsional y prestaciones de obra social; inscripción de nacimiento; daño temido; diligencia preliminar. 

En concursos se atenderán los recursos sobre las materias enumeradas como casos urgentes. En familia; responsabilidad parental; delegación de la responsabilidad parental; guarda a un pariente; autorización para inscripción de NNA en obra social. En tanto, en ejecución tributaria, apremio. Por otra parte, en laborales  se atenderán demanda ordinaria a los fines de interrumpir la prescripción; ejecuciones de honorarios y de capital (de causas en trámite); apelaciones (de causas en trámite). En contenciosos administrativos, suspensión de decisión administrativa; regulación de honorarios (de causas en trámite), de acuerdo con lo informado oficialmente.

Por otra parte, en el fuero penal atenderán todos los tribunales de todos los grados e instancias, que entenderán en todos los asuntos de sus competencias legales y reglamentarias.

Respecto del marco regulatorio, se prevé el uso de medios telemáticos y electrónicos disponibles en las dependencias judiciales. Esto, a los efectos de realizar comunicaciones, notificaciones y otros actos que puedan ser cumplidos con eficacia a través de las herramientas tecnológicas o virtuales, evitando en todo momento el traslado de los expedientes y las actividades en el soporte papel.

A su vez, a tal efecto se podrán utilizar los dispositivos tecnológicos institucionales y de propiedad de los agentes en casos indispensables, de acuerdo con lo señalado en el documento. En cuanto a los plazos procesales, en Corrientes Capital se reanudarán todos a partir del 1 de junio en el fuero no penal. En el penal, en tanto, se reanudaron el 18 de mayo pasado. 

                              (MB)

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