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Impulsan conciliaciones laborales obligatorias y figura de teletrabajo

En comisión en la Cámara baja se analiza una propuesta de creación de una oficina de instancia extrajudicial en casos de conflicto entre trabajador y empleador. También ingresó un proyecto de ley que prevé la instauración de la figura de trabajo remoto. 

Al menos dos proyectos laborales ingresaron en las últimas tres semanas en la Cámara de Diputados. Uno de ellos consiste en la creación de un servicio de conciliación obligatoria, también se propone la instauración de la figura jurídica del teletrabajo.

En la comisión de Legislación del Trabajo, Previsión y Seguridad Social de la Cámara baja provincial se analiza el proyecto de ley de Creación del Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (Seclo). La iniciativa ingresó en la sesión del 13 de mayo y es de autoría del radical Eduardo Vischi.

El expediente propone la creación de la Oficina de Conciliación Laboral en el ámbito de la Subsecretaría de Trabajo, área que depende del Ministerio de Industria, Trabajo y Comercio de Corrientes. Esta tendrá a su cargo la constitución, calificación, coordinación, depuración, actualización, concurso y capacitación de los conciliadores, según versa el documento. De transcurrir más de dos años desde su conformación, el Poder Ejecutivo deberá otorgar rango de Dirección de Conciliación Laboral.

De acuerdo con lo que contempla la iniciativa, la oficina deberá dirimir, con carácter obligatorio y, previo a la demanda judicial, “todo conflicto de derecho en los que versen reclamos individuales y pluriindividuales de competencia de la justicia laboral provincial”. Esto significa que habrá una instancia de mediación, previo a una demanda judicial, en caso de existir un conflicto laboral.

El Seclo es una iniciativa que comenzó a debatirse con mayor fuerza durante la administración del ex presidente de la Nación, Mauricio Macri. A través del Consejo Federal del Trabajo, varias provincias tomaron el guante, entre ellas, Corrientes. Hace un poco más de un bienio, la Subsecretaría de Trabajo avanzó con charlas y ciclo, impulsando esta instancia extrajudicial entre trabajadores y empleadores. Entonces se realizaron consultas al ahora fallecido referente de la CGT Corrientes, Rubén Suárez.

La propuesta del legislador de la UCR, a su vez, faculta a la Subsecretaría de Trabajo a homologar los convenios que se deriven del proceso extrajudicial de conciliación laboral; recibir los pagos que permita abonar los gastos derivados del proceso de conciliación laboral, garantizando la recepción del dinero derivado de la conciliación y el pago a los trabajadores una vez homologado el convenio, los honorarios y gastos serán asumidos por las partes, en un 50 por ciento cada una. Esto significa que el trabajador deberá abonar la mitad de los gastos de la instancia extrajudicial.

“La reglamentación creará un organismo colegiado para la selección de los conciliadores, asegurando la inscripción de abogados y mediadores, los que deberán contar con 5 años en ejercicio de matrícula, y menos 60 horas anuales de capacitación específica, relativa a los métodos participativos de resolución de conflictos. Las horas de capacitación serán computadas de manera anual, después de formar el registro de conciliadores y árbitros. Deberá tener, además, idoneidad para la función, buena conducta y domicilio legal en Corrientes”, según establece el proyecto.

Teletrabajo

En la última sesión de la Cámara de Diputados ingresó un proyecto de autoría del defensor del Pueblo de Corrientes, César Vallejos Tressens sobre teletrabajo. La  iniciativa propone la incorporación del artículo Nº 59 bis de la Ley 4.067. De acuerdo con lo que explicita el expediente, se faculta a “los titulares de los organismos a disponer, mediante resolución o decisión fundada, y previo acuerdo con el agente, la modalidad de trabajo remoto o home office, dispensando a este último de prestar servicio en forma presencial”.

La iniciativa se fundamenta en que “el aislamiento social, preventivo y obligatorio impactó en el desenvolvimiento y la dinámica de la organización y las relaciones del trabajo tanto en el sector privado como en el sector público”. Además, “que la disposición que se pretende incorporar al Estatuto del Empleo Público establece la posibilidad de que los titulares de los Organismos puedan disponer, mediante resolución o decisión fundada, y previo acuerdo con el agente, la modalidad de trabajo remoto o home office, dispensando a este último de prestar servicio en forma presencial”. 

(MB)

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