Martes 23de Abril de 2024CORRIENTES24°Pronóstico Extendido

Dolar Compra:$852,0

Dolar Venta:$892,0

Martes 23de Abril de 2024CORRIENTES24°Pronóstico Extendido

Dolar Compra:$852,0

Dolar Venta:$892,0

/Ellitoral.com.ar/ Policiales

Niegan domiciliaria a acusado de traficar 8 toneladas de droga

Hace 5 años, el Tribunal Oral Penal de Corrientes condenó a 14 años de cárcel a Juan Marcelo Seivane por traficar marihuana procedente del Paraguay. Ahora, en el marco de la cuarentena, su defensa solicitó prisión domiciliaria y le fue denegada. Apelaron la medida y Casación ratificó la desestimación, por lo cual deberá continuar en prisión. 

La Cámara Federal de Casación Penal, ratificó la denegación de prisión domiciliaria a un narco que fuera condenado a 14 años de cárcel el 15 de septiembre de 2015 por el Tribunal Oral Federal de Corrientes.

Se trata de Juan Marcelo Seivane, cuya defensa había pedido la domiciliaria y el 21 de julio último, el juez de ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes no hizo lugar al pedido. Apelaron el fallo y ahora Casación ratificó la denegación.

Seivane junto con Darío Gabriel Leal habían sido hallados culpables por el delito de tráfico de estupefacientes, recibieron similar condena y fueron multados con 12 mil pesos por haber sido considerados organizadores de una banda dedicada al tráfico de estupefacientes, agravado por la participación de tres o más personas.

Por tareas de inteligencia desarrolladas por Gendarmería Nacional, se logró el secuestro de 8 toneladas de marihuana proveniente de Paraguay. El fiscal general Carlos Schaefer destacó en esa ocasión la importancia de haber podido juzgar “a los organizadores del tráfico de estupefacientes de esta magnitud”.

Junto a Seivane y Leal también fueron condenadas otros integrantes. Rafael Eduardo Gauto tuvo una pena de 12 años de prisión y multas de 8 mil pesos por ser considerado coautor del mismo delito.

Por otro lado, el Tribunal condenó a Juan Elías Riquelme a 7 años de cárcel y multas por 3 mil pesos por el delito de transporte de estupefacientes, y a Juan Isidro Galarza a la pena de 4 años de prisión y 2 mil pesos de multa por el mismo delito.

La causa se había iniciado con investigaciones realizadas por la Unidad Especial Antidrogas de Gendarmería Nacional. A partir de distintas escuchas telefónicas se realizaron dos procedimientos. El primero fue el 24 de abril de 2013, en el que se detuvo un camión en el Paraje Rincón Ombú Chico, a la altura del km 1317 de la Ruta Nacional N° 12, el cual era conducido por Juan Elías Riquelme.

La finalidad era cargar el estupefaciente que había sido dejado a la vera del río Paraná, proveniente de Paraguay. Personal de Gendarmería secuestró 5.051 panes que alcanzaban un total de 4.873 kilos de marihuana.

(WA)

¿Te gustó la nota?

Ocurrió un error