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/Ellitoral.com.ar/ Nacional

Recibió 3 años de prisión en suspenso por violar el aislamiento

Un hombre fue condenado ayer en Santiago del Estero a tres años de prisión en suspenso en un juicio abreviado por haber violado el aislamiento social preventivo y obligatorio para asistir a reuniones entre conocidos y familiares, desde las que generó una ola de contagios de coronavirus en la provincia.

Luis Ávila, conocido como el “caso 41” en Santiago del Estero, fue declarado culpable de infringir los artículos 203 y 205 del Código Penal, al violar las normativas del aislamiento social preventivo y obligatorio en este contexto de pandemia. La audiencia fue virtual y se realizó con el acuerdo entre el fiscal Sebastián Robles y la defensa de Ávila, a cargo de Francisco Palau, y la aprobación de la jueza de Control y Garantías, María Pía Danielsen.

“Se llegó a un acuerdo con las partes para realizar este juicio abreviado”, detalló a Télam el fiscal de la causa y añadió que se lo imputaba por “propagación culposa de una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas”, que se prevé en la última parte del artículo 203.

En ese sentido, el fiscal Robles indicó que Ávila, “a pesar de hacer los controles, nunca respetó el aislamiento. Tal es es así que los médicos le indicaron que hiciera reposo, pero nunca se cuidó y contagió a su expareja, hijos y otras personas”. El fiscal detalló que, en un principio, tenía la figura de delito doloso, pero fue cambiado a culposo, porque si bien se comprobó que estuvo en diferentes reuniones, la enfermedad se propagó a sus contactos estrechos. 

 (EN)

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