Miércoles 24de Abril de 2024CORRIENTES23°Pronóstico Extendido

Dolar Compra:$852,5

Dolar Venta:$892,5

Miércoles 24de Abril de 2024CORRIENTES23°Pronóstico Extendido

Dolar Compra:$852,5

Dolar Venta:$892,5

/Ellitoral.com.ar/ Opinión

Las preventivas en la era macrista

En febrero de 2015 la revista chilena “Qué pasa” publicó que Sebastián Dávalos, hijo de Michelle Bachelet, había participado de una reunión en el Banco de Chile en busca de un crédito de 10 millones de dólares destinado a una empresa (Caval) de la que su esposa era accionista.

En la nota también se afirmaba que, una vez obtenido el préstamo, la sociedad adquirió tierras rurales que se revalorizaron cuando, merced a la influencia de Dávalos, se redefinieron como aptos para la construcción de viviendas.

Dávalos fue acusado por tráfico de influencia, lavado de dinero, revelación de secreto, uso de información privilegiada y negociaciones incompatibles con la función pública por las supuestas labores que prestaba para Caval mientras era funcionario de la Dirección Económica de la Cancillería chilena.

Durante tres años, la Justicia de Chile investigó el tema, mientras los medios de comunicación tejían historias truculentas sobre la conducta de la familia presidencial. Tan severo y sostenido fue el ataque mediático que la imagen de Michelle Bachelet se vio seriamente afectada, algo que favoreció al crecimiento electoral de Sebastián Piñeira.

Con la derrota socialista garantizada, los tribunales chilenos sobreseyeron definitivamente a Dávalos. Consideraron que, transcurridos tres años desde que se iniciaron las investigaciones, la Fiscalía no había podido corroborar ninguna de las imputaciones que cargaron sobre el acusado.

¿Habrá sido usado el caso Caval para favorecer un escenario electoral determinado? El Banco Mundial admitió públicamente que fraguó datos estadísticos de Chile para mejorar la posición electoral de Sebastián Piñeira. ¿Pudieron los medios y la Justicia haber actuado en el mismo sentido?

El caso llama a la reflexión porque lo ocurrido no sucede solamente en Chile. El juicio a Lula en Brasil reconoce características semejantes. El ex presidente ha sido condenado en primera instancia a partir de indicios y conjeturas, sin que se precise la responsabilidad que tuvo. Pareciera ser que, antes que impartir justicia, lo que se busca con su condena es su proscripción como candidato en las próximas elecciones.

En Argentina, los medios han construido un sinfín de escenarios delictivos que la Justicia hasta aquí sólo ha reafirmado forzando interpretaciones. Se trata de investigaciones que llevan años de tramitación y en las que se han edificado peligrosas interpretaciones extensivas de las normas penales.

Está muy arraigada la idea de que a Alberto Nisman lo mataron para impedir que avanzara con una denuncia que ahora que se conoce más. Aquella denuncia fue desestimada en primera y segunda instancia, y sólo tomó virtualidad cuando el Gobierno nacional cambió de manos. Fue entonces cuando los tribunales actuantes empezaron a presentir la “conveniencia” de investigar una imputación que hasta entonces había sido sistemáticamente rechazada. Así sobrevinieron calificaciones legales, procesamientos y hasta prisiones preventivas.

Más allá del caso Nisman, los tribunales avanzaron en otras indagaciones por lavado de dinero sin que se determinen fehacientemente los ilícitos de donde salieron los fondos que se lavaban; transformaron en cuestiones penales diversas decisiones políticas; convirtieron en administraciones fraudulentas meros delitos impositivos; hasta transformaron cuestiones de autoría y participación criminal en asociaciones ilícitas.

La Justicia Federal en tiempos de Macri ha revertido la jurisprudencia acuñada desde el retorno de la democracia en 1983. Pero los jueces y los fiscales no fueron por el camino de la mayor severidad, como se difunde, sino que sólo afianzaron la discrecionalidad y las arbitrariedades.

Así se explica la ampulosamente llamada doctrina Irurzun, que faculta a los jueces a detener preventivamente a un imputado si reconoce en él la capacidad de interferir en la producción de pruebas o la voluntad de evadirse.

En esa tesis, basta que el juez presuma que el imputado tiene la posibilidad de obstaculizar investigaciones o de escaparse para justificar la privación de la libertad. Ya no se trata de probar su culpabilidad. Basta con invocar lo que se conjetura, con la dosis de discrecionalidad que ello conlleva.

La culpabilidad o la inocencia deben definirse en procesos legales y transparentes, y no en artículos periodísticos o en la tapa de los diarios. 

¿Te gustó la nota?

Ocurrió un error