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/Ellitoral.com.ar/ Actualidad

El procedimiento de flagrancia entra en vigencia el 1º de mayo

La Corte Provincial puso fecha a la implementación de este procedimiento, que permitirá a la Policía aprehender a la persona hallada en el momento de cometer un delito –o inmediatamente después- y al Juez de Instrucción –en un plazo no mayor a las 72 horas- resolver su situación procesal. Los impulsores del procedimiento de flagrancia valoran la agilidad y oralidad del nuevo instrumento legal.

La palabra flagrancia o flagrante viene del latín flagrans – flagrantis, participio presente del verbo “flagrare”, que significa arder o quemar. Se entiende por delito flagrante entonces aquel que se está cometiendo de manera particularmente ostentosa o simple vista.

Desde el 1º de mayo próximo, los agentes policiales de Corrientes que encuentren a una persona cometiendo un delito -o inmediatamente después- podrán mantenerla detenida en una comisaría y ponerla a disposición de la Justicia, la que en un plazo no mayor a las 72 horas deberá resolver su situación procesal.

Esa es la esencia del nuevo instrumento legal aprobado por el Superior Tribunal de Justicia, que imprimirá a estos casos oralidad y agilidad por las características de los hechos. Además proporcionará certidumbre tanto a la víctima del delito como al imputado.

El nuevo procedimiento se aplica tras numerosos talleres y capacitaciones realizadas en Capital y el interior de la provincia, que permitieron unificar criterios ante diferentes situaciones que pueden tener lugar.

La Comisión que elaboró el procedimiento fue presidida por el Ministro doctor Alejandro Alberto Chaín; e integrada por los doctores Mónica Inés Espíndola, Fiscal de Instrucción N° 3;  Gustavo Alejandro Robineau, Fiscal de Instrucción N° 6; y Horacio Alberto Pisarello, Secretario Relator del fuero penal del Superior Tribunal de Justicia.

Prensa STJ

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