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/Ellitoral.com.ar/ Nacional

Cristóbal López y De Souza salieron bajo millonaria fianza

Los empresarios quedaron en libertad ayer. No pueden salir del país ni ausentarse de sus casas por más de 48 horas, según señala el fallo. 

Los empresarios Cristóbal López y Fabián De Souza recuperaron su libertad, después de casi dos años de prisión preventiva, tras la aceptación por parte del juez federal Claudio Bonadio de los seguros de caución que presentaron para cubrir la fianza de $60 millones que les había fijado.

López y De Souza fueron puestos en libertad desde la sede de la Policía Federal ubicada en el cruce de la calle Madariaga con la avenida General Paz, hasta donde habían sido trasladados horas antes desde el Penal de Ezeiza.

El juez Bonadio había notificado al Servicio Penitenciario Federal (SPF) por la mañana para que procediera a liberar a los dueños del grupo Indalo, tras recibir un oficio de la Superintendencia de Seguros de la Nación que dio cuenta de la solvencia de los seguros contratados.

López y De Sousa habían recibido la excarcelación el viernes pasado en la causa de los cuadernos por parte de la Cámara Federal porteña, pero su liberación se postergó hasta ayer, porque el juez Bonadio les impuso una fianza de $60 millones a cada uno.

Los dos empresarios tenían prisión preventiva en el marco de dos expedientes vinculados a los llamados “cuadernos de Centeno”: una acusación es por lavado de dinero relacionada con un departamento ubicado en el mismo edificio donde vive la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner cuando está en Buenos Aires y la otra es por cartelización de la obra pública, en la que son investigados más de 100 empresarios.

Al concederles las excarcelaciones, los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi destacaron en los fallos -a los que accedió Télam- que el fiscal de las causas por las que los empresarios se encontraban bajo prisión preventiva, Carlos Stornelli, había opinado “a favor de la concesión del beneficio peticionado” porque se habían extinguido los riesgos procesales.

“La prueba que ha llevado a la adopción de este temperamento ya se encuentra producida y, por lo tanto, asegurada, no advirtiéndose la necesidad -al menos inmediata- de producción de otras medidas distintas a las que ya se encuentran resguardadas”, sostuvieron los magistrados en unos de los 4 fallos que emitieron los camaristas en la misma dirección y con los mismos fundamentos.

Los jueces de la Sala I también se refirieron a las condiciones en las que debe darse la libertad de los imputados excarcelados al imponerles la “obligación de presentarse periódicamente ante el Tribunal, no ausentarse sin previo aviso de su domicilio por más de 48 horas, procederse a la retención de su pasaporte y librar orden expresa de prohibición de salir del país con comunicación a las autoridades correspondientes”.

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