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Paso de los Libres: otorgaron la libertad condicional a joven aplicando la oralidad

La titular del Juzgado de Ejecución de Condena, doctora María Teresa Zacarías, se trasladó a la ciudad fronteriza. La libertad se le concedió a uno de los solicitantes, mientras que al otro le fue denegada. 

La titular del Juzgado de Ejecución de Condena de la Provincia, doctora María Teresa Zacarías, se trasladó desde la Capital hasta la Unidad Penal N° 9 de Paso de los Libres, donde se alojan los internos condenados a fin de resolver dos solicitudes de libertad condicional.

La audiencia oral se celebró con la presencia del Consejo Correccional del establecimiento, la fiscal de Ejecución de Pena, doctora Patricia Mariela Armendía, y la defensora del Tribunal Oral Penal de Paso de los Libres, doctora María Susana Ferreyra, quien subrogó a la defensora de Ejecución de Condena.

La doctora María Teresa Zacarías, aplicando los lineamientos de la oralidad, escuchó la pretensión de la defensa y evaluó lo informado por los profesionales del Servicio Penitenciario.

Sobre la base de estos testimonios y luego de escuchar la opinión del Ministerio Público Fiscal y a los internos, resolvió conceder la libertad condicional a uno de ellos y denegarla a otro.

Beneficios de la oralidad

La oralidad en la audiencia permitió escuchar ampliamente a las partes y a los profesionales, y resolver, con las ventajas de la inmediatez y frente a los internos condenados, quienes tuvieron la oportunidad de comprender los motivos de la decisión que fueron explicados en términos sencillos y claros.

La magistrada también indicó cuáles eran las conductas que debían seguir o modificar de aquí en adelante, tanto en el caso de quien obtuvo el beneficio de la libertad condicional como de quien deberá continuar en encierro.

Juzgado de Ejecución 

de Condena

El Juzgado de Ejecución de Condena fue creado por Ley N°5.655, promulgada el 17 de febrero de 2005 y tiene competencia en toda la provincia.

Tiene a su cargo el control de la ejecución de las sentencias, el trato del condenado, y la sustanciación y resolución de todos los incidentes que se produzcan durante la etapa de ejecución.

También tiene a su cargo el control del cumplimiento de las finalidades constitucionales de las sanciones penales, y la defensa de los derechos de los condenados.

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