¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

PUBLICIDAD

Confirman perpetua al hombre que asesinó a su ex pareja frente a sus hijos

El Superior Tribunal de Justicia confirmó la pena de prisión perpetua para Carlos de Jesús Brizuela por el femicidio de su ex pareja Gladys Revolero

Por El Litoral

Viernes, 31 de julio de 2020 a las 01:00

El Superior Tribunal de Justicia confirmó la pena de prisión perpetua para Carlos de Jesús Brizuela por el femicidio de su ex pareja Gladys Revolero, en un hecho ocurrido en junio del 2015 en una vivienda del barrio Patono de la capital correntina. 
Había sido condenado por el TOP Nº 2 por homicidio “agravado por la relación de pareja con la víctima y alevosía”. 
La defensa oficial presentó el recurso cuestionando la calificación, ya que consideró que se debía aplicar el atenuante de “emoción violenta”.
El hombre reconoció el hecho, pero su defensa cuestionó la alevosía en el recurso, afirmando que el comportamiento del asesino fue producto de un estado emocional descontrolado, derivado de un desequilibrio afectivo inesperado.
Por lo tanto, entendió que al juzgarlo se le tendría que haber aplicado el atenuante de emoción violenta establecido en el artículo 81 inc. 1 a del Código Penal que dice: “…Se impondrá reclusión de tres a seis años, o prisión de uno a tres años: a) Al que matare a otro, encontrándose en un estado de emoción violenta y que las circunstancias hicieren excusable…”.- Por su parte, el doctor Alejandro Alberto Chaín, en el primer voto sostuvo que en el caso se comprobaron los elementos objetivos y subjetivos que reflejan que el esposo la mató de modo artero o traicionero. Rechazó la posibilidad de que hubiera actuado bajo “emoción violenta”.
El magistrado explicó en su voto que la alevosía requiere objetivamente: a) ocultamiento moral (muerte proditoria) o de la intención criminal o material (insidia) de la agresión misma; b) estado de indefensión de la víctima, procurada por el autor o simplemente aprovechada por él  y por último,  c) móvil alevoso, la cobarde decisión  del agente de matar consciente de que obra sin riesgos para su persona y asegura el resultado nefario,  dando la  estocada final, debido a la indefensión de la víctima, incapaz de defenderse por sí misma o contar con la ayuda de terceros.
“En el juicio se demostraron todos los extremos, incluso ocultó no solamente su intención criminal sino el arma homicida, pues el imputado fue a ‘hablar’ con la víctima, una mujer refugiada en casa de sus familiares, y como si fuera poco este modo de obrar, propia de un taimado, también ocultaba su cuchillo ‘bajo el poncho’”, indicó el doctor Chaín.
Y agregó que se acreditó la indefensión de la mujer, ya que fue a buscarla a su refugio en un horario donde solamente habían mujeres, “incapaces de oponer resistencia o reaccionar eficazmente ante el ataque sangriento y asesino”.
En la casación, la defensa oficial ejercida por el doctor Nicolás Baez, se agravió en primer lugar por la calificación dada por el tribunal de juicio. Explicó que existían elementos probatorios que indicaban que el actuar del condenado fue producto de un estado emocional descontrolado, derivado de un desequilibrio afectivo inesperado. 
Según su análisis no quedó demostrado que el esposo actuó de forma traicionera, sorpresiva, sobre seguro y sin riesgo. 

El hecho
El 18 de junio del 2015 al mediodía, la mujer se encontraba en su domicilio con su madre y algunos hijos. Brizuela, que vivía en el Chaco, llegó al lugar y salieron a hablar al patio de la vivienda. Luego, con un cuchillo tipo cocinero, la apuñaló sucesivas veces. La madre de Revolero presenció los hechos y entró en una crisis de nervios tras el desenlace. 
Dos de los hijos de la pareja también fueron testigos del brutal homicidio.

Últimas noticias

PUBLICIDAD