La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) reglamentó el mecanismo para que los comercios alcanzados por el Régimen de Compensación para los Alimentos Lácteos accedan al beneficio otorgado por la Secretaría de Comercio Interior, a través de la Resolución General 4.778/2020. “La normativa no está vinculada con la modificación del tratamiento del IVA para los alimentos lácteos prevista en el proyecto de ley de ampliación del Presupuesto”, precisaron. Dicha resolución se limita a implementar el procedimiento que deben seguir los beneficiarios del régimen para aportar la información necesaria que les permite obtener la compensación ante Comercio Interior.
Como parte de la emergencia alimentaria dispuesta por la Ley 27.519, el Gobierno dictó a finales de abril el Decreto 418/2020 que estableció un régimen especial de compensación para los supermercados y comercios para garantizar la estabilidad en el precio de los alimentos lácteos.
(GAL)
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