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/Ellitoral.com.ar/ Policiales

Condenado a tres años de prisión por el delito de grooming

El Tribunal Oral Penal de Goya condenó a un hombre a tres años de prisión de ejecución condicional y prohibición de acercamiento por cualquier vía a una menor, al ser juzgado por el delito de grooming.

De acuerdo con la investigación, un individuo de apellido Arguello interceptó a la salida del colegio a la menor de 13 años, le preguntó la ubicación de un barrio, y luego la invitó a pasear en moto. Ante la negativa le pidió su número de celular, que la chica se lo dio por temor a que le hiciera daño. Luego, comenzó a enviarle mensajes que contenían indagaciones en torno a cuestiones íntimas, incluso llegó a proponerle un encuentro sexual.

El hombre durante todo el día mandó mensajes de WhatsApp y comenzó a realizar videollamadas a la jovencita, por lo que ella lo decidió bloquearlo. Posteriormente, contó la situación de acoso al padre, y él desbloqueó el número para así saber quién era el sospechoso y, de esa manera, logró acceder a los chats que le enviaba a la menor preguntando todo tipo de cuestiones íntimas.

En ese momento el padre de la víctima simuló ser otra estudiante, pactó el encuentro, avisó a la Policía y detuvieron al depravado.

Por el caso, el magistrado en etapa instructiva consideró que existieron las pruebas suficientes para acusar al hombre por dicho delito, debido a que desde el contacto con la adolescente la acosó sexualmente vía WhatsApp, demandando fotos, haciendo preguntas íntimas y hasta proponiéndole que no asistiera al colegio para encontrarse con él.

Se acreditó que durante todo el día le envió mensajes de WhatsApp con connotación sexual y realizó videollamadas.

En la declaración en cámara Gesell, la psicóloga forense corroboró lo relatado y, además, quedaron ratificados los dichos por el padre en la denuncia.

El delito de grooming está tipificado en el artículo 131 del Código Penal, donde se establece que “será penado con prisión de seis meses a cuatro años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona menor de edad, con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”. 

(NG)

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