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/Ellitoral.com.ar/ Interior

Autorizan la caza deportiva en toda la provincia

Se permite la caza  de palomas y torcazas, en un número de hasta ocho presas por persona. Además de liebre europea, antílope negro, chancho salvaje, ciervo axis y ciervo colorado y dama. 

El gobierno de Corrientes autorizó ayer la caza deportiva menor y mayor en todo el territorio de la provincia, incluidos los cotos de caza habilitados, exceptuándose las áreas de reserva y/o protegidas.

Por Disposición Nº 528, el Gobierno de la provincia autorizó este viernes la caza deportiva menor y mayor en todo el territorio de la provincia de Corrientes, incluidos cotos de caza habilitados 2021, exceptuándose las áreas de reserva y/o protegidas, hasta la hora 24 del 30 de abril de 2022.

La medida, para caza menor, autoriza la caza de paloma doméstica (Columba livia), paloma picazuró (Columba picazuro), paloma manchada (Columba maculosa) y torcaza (Zenaida auriculata), en un número de hasta ocho presas por persona, y de liebre europea (Lepus europaeus), en un número de hasta dos.

En el caso de palomas y patos, la cantidad máxima es el total de ejemplares, no por especie, por persona y jornada de caza.

Para caza mayor, autoriza la caza de antílope negro (Antilope cervicapra) en cantidad máxima por persona por temporada, con licencia anual, de hasta cinco ejemplares, y con licencia de turista de hasta tres, de chancho salvaje (Sus scrofa) sin límite, de ciervo axis (Axis axis) de ocho y seis ejemplares según el tipo de licencia, respectivamente, de ciervo colorado (Cervus elaphus), de cinco y tres ejemplares, de ciervo dama (Dama dama), de cuatro y dos, y de búfalo (Bubalus bubalis) la caza de solo uno por temporada.  

La disposición, a su vez, autoriza el transporte de los ejemplares cobrados, fijándose como cantidades máximas el producto de cacería de un día cualquiera, fuere la cantidad de días que hubiere cazado.

No pudiendo acumularse para su tenencia o transporte posterior, productos de varias jornadas.

Estas cantidades deben considerarse por cazador con la respectiva licencia de caza deportiva vigente.

Se permite el transporte de los ejemplares cobrados en forma despostada, o en piezas enteras, siempre que ello permita identificar la especie o cantidad de ejemplares que estuvieran siendo transportados. Se prohíbe el transporte de los ejemplares cortes pequeños, que dificultan o impidan ejercer un adecuado control de las especies capturadas, cupos autorizados y exigencia de precintado.

Se recuerda que la caza deportiva únicamente podrá realizarse los días sábados, domingos y feriados nacionales y/o provinciales, no así los de carácter departamental o municipal, entre los periodos establecidos precedentemente, siendo sancionado el ejercicio fuera de lo antes mencionado con 100 litros de combustible. Con excepción del chancho salvaje, cuya caza podrá ejercerse de lunes a domingo. 

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