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/Ellitoral.com.ar/ Nacional

Formosa tiene 72 horas para asegurar la libre circulación

La Justicia federal aceptó un hábeas corpus colectivo, que obliga a la provincia a adecuar el protocolo de ingreso al territorio.

La justicia federal de Formosa hizo lugar parcialmente a un habeas corpus e instó a la provincia a adecuar un protocolo de ingreso al territorio en 72 horas, que garantice la libertad de circulación interjurisdiccional, si tienen un PCR negativo que confirme que no padecen coronavirus.

La sentencia fue dictada por la jueza María Belén López Mace, jueza federal de Formosa, a raíz del habeas corpus colectivo impulsado por el senador Luis Naidenoff para que se ordene a la provincia a que “se restablezca la libertad ambulatoria de todas las personas que se encuentra asiladas por haber ingresado al a provincia y cuentan con PCR negativo”.

 

También se ordenó la verificación del estado de salud en el colectivo de personas que se encuentran cumpliendo el aislamiento obligatorio desde su ingreso a la provincia. En el habeas corpus presentado, se pidió que la Formosa se abstenga de aislar a las personas que ingresen al territorio provincial y no sean casos positivos a covid 19, sospechosos y/o contactos estrechos.

La presentación judicial indicó que "los ilegítimos e irrazonables actos estatales dictados al amparo de la normativa de emergencia a raíz de la pandemia COVID 19, vulneran los más elementales derechos humanos, como son el derecho a la libertad ambulatoria, el derecho a la libre circulación, resguardados por nuestra CN y amparado por el DNU 168/21 (siendo que el) colectivo de formoseños son sometidos a un aislamiento obligatorio en centros restringiendo la libertad ambulatoria de manera irrazonable e ilegal por esta la Provincia de Formosa, violando normas constitucionales, desobedeciendo y desconociendo normas federales que se encuentran vigentes en todo el territorio nacional”.

La magistrada actuante consideró en su resolución que la Provincia de Formosa, a través de las autoridades competentes debe dictar en el plazo de 72 horas un nuevo protocolo que se adecue al Decreto Nacional, a los derechos allí resguardados como así también disponga los aislamientos sólo para los casos que la propia norma ejecutiva autoriza, lo contrario significaría una vulneración de garantías constitucionales y convencionales.

Con fuentes nacionales.

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