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/Ellitoral.com.ar/ Nacional

Clases: la Corte Suprema postergó una definición sobre la presencialidad

El máximo tribunal no resolverá hoy en la causa iniciada por el gobierno porteño contra el Estado Nacional por el cierre de las escuelas en el marco de la pandemia.

La Corte Suprema de Justicia dilata una resolución sobre el decreto del presidente Alberto Fernández que suspendió las clases presenciales en el Área Metropolitana de Buenos Aires (Amba). No habrá hoy una definición, aseguraron a La Nación fuentes del máximo tribunal sobre la disputa que mantiene la Casa Rosada con el gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

Los jueces que integran la Corte son Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton, que había sostenido que este caso no era de competencia de la Corte Suprema. Los cinco trabajaron hoy con el expediente, pero no llegaron aún a una definición.

La causa fue iniciada el 16 de abril por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En su presentación, el gobierno porteño pidió que la Corte declarara inconstitucional el artículo 2 del decreto de Fernández que suspendió las clases presenciales en el área metropolitana (Amba) por dos semanas y que dispusiera una medida cautelar. La administración de Horacio Rodríguez Larreta afirmó que el artículo 2 del decreto 241/2021 “viola la autonomía de la Ciudad e implica una virtual intervención federal porque se arroga potestades sobre competencias eminentemente locales, en salud y educación”.

Tres días más tarde, el 19 de abril, la Corte se declaró competente para intervenir en el caso, en línea con el primer dictamen de la Procuración General de la Nación en esta causa. En un segundo dictamen, presentado ayer, la Procuración afirmó que el decreto es inconstitucional.

“Los argumentos expuestos en la norma impugnada no alcanzan para fundar un estado de necesidad que permita legitimar la suspensión de la concurrencia a los establecimientos educativos en todos sus niveles”, escribió Eduardo Casal, el procurador interino a quien el kirchnerismo busca desplazar. Casal señaló que la suspensión de las clases presenciales “no fueron adecuadamente fundadas puesto que, sin desconocer la situación epidemiológica por la que se atraviesa, tienen por objeto restringir el derecho fundamental a la educación”, que la Ciudad tiene el deber de garantizar. Su dictamen tenía carácter de opinión no vinculante para la Corte.

El tribunal, además, la semana pasada le dio intervención al Estado Nacional, que presentó un escrito que fue respondido por la Ciudad. Anoche, el gobierno nacional volvió a presentarse. Hizo llegar a la Corte un escrito de última hora en el que pidió al tribunal que ignore la presentación que había hecho la Ciudad de Buenos Aires, criticando los documentos del ministerio de Salud sobre la propagación del virus tras el inicio de las clases presenciales. Dijo que la Ciudad solo debía contestar si reconocía o no la autenticidad de los documentos y que, sin embargo, usó la oportunidad para ampliar la demanda que había hecho la administración de Rodríguez Larreta. Por eso, el gobierno nacional solicitó que se quitara del expediente el último escrito de la Procuración porteña. Ese fue el último movimiento que se conoció en la causa hasta el fallo de hoy.

La Nación

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