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/Ellitoral.com.ar/ Sociedad

Confirmaron la reducción de indemnización a usuaria de un servicio

El Superior Tribunal de Justicia, mediante sentencia civil N° 28/2021, declaró inadmisible un recurso interpuesto por una usuaria que apeló la sentencia de la Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial.

La Sala IV redujo el monto en concepto de daño moral que debía abonarle una empresa de telefonía por cobrar un servicio que nunca contrató, y que además le acarreó numerosos problemas, como el corte del servicio y la inclusión en el veraz.

De esta forma ratificó la decisión de la Cámara de confirmar el monto indemnizatorio fijado en primera instancia por daño punitivo y disminuir el relacionado al daño moral.

Al analizar el cuestionamiento de los montos fijados por indemnización, sostuvo que en lo que tenía que ver con daño punitivo el razonamiento en primera instancia fue correcto. En referencia al daño moral la Cámara decidió reducir la indemnización

La usuaria presentó un recurso ante el Superior Tribunal de Justicia cuestionando la modificación de la suma indemnizatoria por daño moral que fijó la Sala IV. Sostuvo que la Cámara no valoró las circunstancias que dañaron su espíritu por más de un año de trato “humillante” por parte de la empresa.

Afirmó que la colocaron en una situación “ultrajante y deshonrosa”. Además de haber sido castigada con el corte del servicio, la baja definitiva de las líneas telefónicas y la afectación al veraz como morosa, manchando no solamente su imagen, sino también su buen nombre y honor al ser una persona pública como profesional en el medio.

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