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/Ellitoral.com.ar/ Nacional

Intentó impedir que su ex aborte y la Justicia desestimó su planteo

La presentación judicial de un hombre en contra de la decisión de su expareja de realizarse un aborto derivó en varios días de debate sobre los alcances de la norma que legalizó la interrupción voluntaria del embarazo (IVE). 

Sin embargo, la práctica del aborto se había realizado una semana antes en un hospital público por voluntad de la mujer y en cumplimiento de las normas legales y sanitarias. Al final, la medida cautelar quedó sin efecto.

La ley de IVE 27.610 establece el principio de autonomía de la persona gestante, por lo que no deberían avalarse planteos como el que surgió en San Juan. Pero, la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Minería de la provincia de San Juan aceptó en un primer momento la medida cautelar del hombre.

El sábado 1 de mayo los jueces Juan Carlos Noguera Ramos, Sergio Orlando Rodríguez y Juan Carlos Pérez, fallaron a favor del pedido de Franco –nombre del hombre que inició la demanda– con el argumento de que “al estar todavía casados, los cónyuges se comprometieron a desarrollar un proyecto de vida en común”. 

Y, sostuvieron, que era necesario que “ambos confluyeran en la voluntad” de la práctica del aborto.  

(EN)

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