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/Ellitoral.com.ar/ Actualidad

Código Procesal Penal: en Capital regirá en mayo o junio del 2022 por la pandemia

Por la situación sanitaria la legislación no se pudo implementar el 1 de junio en la Quinta Circunscripción Judicial, situación que modifica el cronograma de aplicación también en Bella Vista y Saladas. El STJ avanza con el proceso de licitación de las nuevas salas y del programa informático definitivo. 

La pandemia del coronavirus complicó la puesta en marcha del nuevo Código Procesal Penal en la Quinta Circunscripción Judicial y en consecuencia se estima que en Capital se aplicaría recién en mayo y junio del año que viene, ya que está demorado el proceso licitatorio para la construcción de las nuevas salas de audiencia en la zona de Chacabuco y Las Heras y del programa informático definitivo que implica el mismo. 

El nuevo Código Procesal Penal ya rige en varias localidades de la provincia, pero la situación sanitaria está afectando los plazos establecidos por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) para su aplicación y sobre este tema, El Litoral consultó al ministro del STJ, Eduardo Panseri, quien indicó que “el 1 de junio teníamos que implementarlo en la Quinta circunscripción Judicial de Alvear, Santo Tomé, Virasoro e Ituzaingó, pero esto no se  pudo hacer. Ahora la estamos programando para el 1 de julio, esperemos que la situación sanitaria mejore un poco en las localidades complicadas para poder hacerlo con más tranquilidad”. 

“Además teníamos que inaugurar el sector penal y las nuevas salas de Santo Tomé y no lo pudimos hacer. Y lo mismo sucedió con el Juzgado de Paz de Alvear”, se lamentó el magistrado.

Y en relación a la puesta en marcha de la nueva legislación en la Primera Circunscripción Judicial compuesta por Capital, Bella Vista y Saladas, Panseri dijo que “depende de que tengamos las nuevas construcciones. Ahora estamos elaborando todo lo pertinente al proceso licitatorio porque implica una inversión importante y vamos a ver si los fondos están o tenemos que esperar un poco más”.

“En Capital tenemos que construir nuevas salas de audiencias o sino no podemos funcionar. La intención es avanzar en la zona Chacabuco y Las Heras, pero el proceso licitatorio se está demorando por el trabajo en burbuja que estamos realizando por la pandemia”, detalló.

“La pandemia está complicando mucho nuestro trabajo por las limitaciones y el parate que está implicando, incluso hasta el momento no podemos contar con el programa informático definitivo de la nueva normativa. El coronavirus nos está obligando a tapar agujeros con las manos. Hay una reorganización permanente de todos los sectores”, continuó.

En cuanto a los plazos establecidos para la implementación de la nueva normativa, Panseri comentó que “el nuevo Código ya rige en las Circunscripciones Judiciales 2, 3 y 4 y solo restan en la 5, que vamos a ver si podemos hacerlo el 1 de julio y el que implica a Capital que estimo vamos a llegar para el año que viene, y si bien la intención era que ya funcione en marzo, vamos a ver si llegamos con los programas y los edificios, pero hay un alto porcentaje en los cuales va a haber una prórroga y se podrá aplicar recién en mayo o junio”.

Por último y en cuanto a la puesta en funcionamiento de la nueva legislación dijo que “esta funcionando con todos los problemas que significa trabajar en burbuja, en forma anómala, y con todos los cuidados, ya tenemos la primera causa que llegó al Superior Tribunal de Justicia (STJ) que es una recusación. Ya tenemos juicio en Goya, Mercedes, en Paso de los Libres. Además tenemos muchas mediaciones, conciliaciones, juicios a prueba y también juicios abreviados completos y parciales”.

“Está funcionando bastante bien, porque hay muchas ganas por parte de los funcionarios que hoy están haciendo todo el esfuerzo posible para que se aplique, pero la coyuntura sanitaria está marcando otras prioridades”, concluyó.

Legislación

El antiguo Código está compuesto por 599 artículos; el nuevo tiene 482.

Instaura  el proceso acusatorio: el fiscal investiga, el juez juzga (art. 2).

Introduce el Principio de Oralidad. De ahora en más en los procesos judiciales primará la oralidad, sin excluirse la escritura (art 318).

Además instaura el proceso de flagrancia, que acelera los tiempos de la Justicia, en un mes debe juzgarse la situación del imputado (*). (art. 228, 385, 390)

Justicia en plazo razonable (art 18); plazo máximo de duración del proceso: 3 o 6 años (art. 145). Se fija además la implementación del juicio por Jurados (art 307).

Mediante la nueva norma el fiscal podrá eximir a la policía, total o parcialmente, de recibir denuncias, en los lugares en los que tenga disponible una oficina que garantice el derecho a denunciar (art. 275).

Se podrá además promover los juicios abreviados (art 374). Acuerdo entre fiscal e imputado para una acusación que incluya la solicitud de pena, acordada por las partes. 

Se podrá usar videoconferencia. En algunos casos las declaraciones podrán realizarse mediante este sistema (art. 326).

El Código Procesal Penal se implementará en los dos años siguientes solo en la cuarta circunscripción judicial, cuya cabecera es Paso de los Libres; recién al tercer año se implementará en toda la provincia (primera disposición transitoria).

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