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/Ellitoral.com.ar/ Policiales

Dictaron prisión perpetua a un hombre que mató a otro para robarle el celular

El STJ rechazó un recurso presentado por la defensa del imputado. De este modo, la Corte confirmó la sentencia del TOP Nº 1. El asesinato se cometió delante de la novia de la víctima, en noviembre de 2016. 

El Superior Tribunal de Justicia rechazó un recurso presentado por la defensa oficial de un condenado por el TOP N° 1 en el 2018 y confirmó la sentencia que condenó a un hombre a la pena de prisión perpetua, por el delito de robo calificado por el uso de arma en grado de tentativa en concurso real con homicidio criminis causa. El Tribunal para condenar al imputado tuvo por probado que el 7 de noviembre de 2016 a las 3 de la madrugada aproximadamente en la  vereda de un domicilio donde estaba la víctima junto con su novia se acercó con intenciones de apoderarse  de un celular.

Le dijo al hombre “dame lo que tenés”, razón por la cual el hombre guardó en su bolsillo su teléfono móvil, empujó a su pareja, que corrió hasta la casa de su novio a pedir auxilio, y él quedó peleando con el victimario quien lo hirió con un arma blanca que portaba tipo “Tramontina”. Le causó dos heridas, una de ellas mortal y luego escapó. Lo aprehendieron cinco días después.

El Superior Tribunal de Justicia, con primer voto del doctor Alejandro Chaín, aseguró que el cuerpo tuvo por acreditada la autoría del condenado y se basó no solamente en la testimonial o el reconocimiento, sino en un cúmulo de pruebas que surgieron de la investigación.

La novia de la víctima fue quien realizó el reconocimiento, que se hizo 15 meses después del hecho, pero previamente brindó las características morfo-fisonómicas del individuo a reconocer, y el imputado fue certeramente individualizado por la testigo, sin dubitaciones.

“Por lo tanto, no caben dudas sobre la existencia de los hechos perpetrados contra la víctima, ni tampoco de las circunstancias que se consignan en el fallo, de acuerdo con las constancias de la causa, sin que se advierta un decisorio arbitrario y sin un fundamento del recurrente que habilite la instancia de la casación; más que su disconformidad a la forma de sentenciarse”, aseguró el doctor Chain.  

Sobre el uso del arma blanca, el doctor Chaín consideró que “aumenta el poder ofensivo del agresor, tanto para facilitar el apoderamiento del dispositivo celular de la víctima, como luego para lograr su impunidad provocando la muerte de este, es claro que la reunión de todas esas circunstancias genera la convicción de que al asesino lo ha movido no solo una simple intención de robo, sino también la finalidad de ocultar el otro delito (robo)…”, indicó.

Y concluyó que “en el caso el autor mató por no haber obtenido el resultado que se propuso al intentar el otro hecho punible, es decir el robo, el cual quedó en grado de tentativa”.

Este hecho es de mayor gravedad pues se finca en el despecho del condenado por el fracaso de su anterior conducta delictiva, aunque no es imprescindible que sea un acto de venganza. 

Por lo que decidió rechazar el recurso de casación y confirmar la sentencia en todas sus partes. A su voto adhirieron los doctores Eduardo Panseri, Guillermo Horacio Semhan, Luis Eduardo Rey Vázquez y Fernando Augusto Niz.

(NG)

 

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