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/Ellitoral.com.ar/ Opinión

La paridad de género en el Código Electoral

Omar de Marchi*

Publicado en Infobae

Oportunamente, en el marco del Día Internacional de la Mujer, presenté un proyecto de ley en el Congreso de la Nación que persigue la paridad de género en la integración de las listas de candidatos/as a presidente y vicepresidente de la Nación.

Argentina es pionera del cupo femenino. Sin embargo, hoy siguen existiendo algunas resistencias en su aplicación. Por esto mismo, es inadmisible y no existe ninguna justificación razonable que excluya la paridad de género de la fórmula presidencial de la Nación.

No hay duda de que el aporte de las mujeres a la vida política argentina resulta fundamental y necesario. Desde la consagración del sufragio femenino en 1947, pasando por la Ley de Cupo Femenino en 1991 y la Ley de Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política en 2017, el avance en pos de la igualdad de derechos entre hombres y mujeres fue lento pero constante.

El Congreso es por esencia el espacio natural de representación y debe ser protagonista real de la transformación de la sociedad para que ninguno/a de sus ciudadanos/as pierda representatividad en el respeto de su dignidad. Por tal motivo, presenté a mis pares de la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto de ley para modificar el artículo 60 bis de la Ley 19.945, del Código Nacional Electoral, el cual quedaría redactado de la siguiente forma:

“Artículo 60 bis. Requisitos para la oficialización de las listas. Las listas de candidatos/as que se presenten para la elección de presidente y vicepresidente de la Nación deben integrarse por una mujer y un varón en orden indistinto. Las listas de candidatos/as que se presenten para la elección de senadores/as nacionales, diputados/as nacionales y parlamentarios/as del Mercosur deben integrarse ubicando de manera intercalada a mujeres y varones desde el/la primer/a candidato/a titular hasta el/la último/a candidato/a suplente”.

También solicité que en mi provincia, Mendoza, se garantice la igualdad de género en la futura fórmula a candidatos/as para gobernador/a y vicegobernador/a.

Es importante destacar que en el inicio del período democrático la presencia de mujeres en el Congreso de la Nación era de entre un 4 % y 8 %, pero con la implementación de la Ley de Paridad de Género el nivel de participación escaló al 50 %.

Estoy convencido de que este momento histórico exige dar un paso más y trascendental en materia de igualdad en derechos entre mujeres y varones. Es por ello que considero imprescindible seguir avanzando en tal sentido.

* Diputado nacional de Juntos por el Cambio por Mendoza. Vicepresidente primero de la Cámara de Diputados de la Nación.

 

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