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/Ellitoral.com.ar/ Nacional

Volvieron a rechazar el juicio de Cristina contra Eduardo Feinmann

La Cámara Civil ratificó ayer el rechazo de la demanda que había iniciado en 2016 la vicepresidenta Cristina Kirchner contra Eduardo Feinmann por expresiones que el periodista había hecho durante un debate político en el programa Animales Sueltos. Allí se había tratado a la expresidenta de “coimera” y “cretina”. A criterio del tribunal, “no se ha acreditado la intención de agraviar, ni tampoco la total despreocupación por parte del periodista de afectar con sus comentarios la reputación de la reclamante”. El fallo recordó los alcances de la libertad de prensa y la condición de funcionaria pública de Cristina Kirchner, a la hora de rechazar el pedido de una indemnización que, en 2016, era de un millón de pesos.

Cristina Kirchner se consideró agraviada por lo ocurrido en el programa televisivo y promovió una demanda en contra de Feinmann. Dijo que el periodista había dicho “diferentes insultos, comentarios hirientes, ofensivos contra la reclamante, aduciendo que llevan a ofender su honra, buen nombre e imagen”. La denuncia precisó que el demandado la había tratado de coimera, había dicho que el pueblo la quiere presa, que era una delincuente común.

A su criterio, también inducía “a la justicia a que vayan en su contra”, “le ha dicho cretina en su acepción de necia” y aseguró que ella “recibía los bolsos de L y J (ambos exfuncionarios) y por último la trata de saqueadora; sin siquiera mencionar prueba y/o fuente que lo llevara a calificar de esa forma a la actora”. La vicepresidenta aseguró que era “evidente la falsedad de sus dichos”. Sin embargo, en primera instancia, el fallo fue adverso y allí se hizo una fuerte defensa a la libertad de prensa. CFK apeló y hoy la Sala F de la Cámara Civil volvió a ratificar el rechazo a la demanda. “No se trata de expresiones estricta e indudablemente injuriantes, ni constituyen insultos, ni tampoco una vejación injustificada, en el contexto en el que fueron expresadas en razón de los ilícitos que eran objeto de investigación en las causas penales”, sostuvo el fallo. 

(JML)

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