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/Ellitoral.com.ar/ Sociedad

Ordenaron a una obra social a pagarle las cirugías estéticas a una mujer trans

Una mujer transgénero de Corrientes logró una histórica sentencia a su favor para que una obra social se haga cargo de sus cirugías estéticas. El objetivo era poder verse como indica su identidad.

La beneficiada, de apellido Samaniego, había presentado el reclamo a la Obra Social del Sindicato de Amas de Casa (Ossacra) en el mes de abril. El motivo era que sufría problemas de autoestima por tener una apariencia masculina.

La mujer explicó que esta situación le ocasionaba angustia, depresión, falta de autoestima y esto le afectaba negativamente en su vida en general. 

Sin embargo, la prestadora consideró que el pedido era “descabellado”.

Ahora el Juzgado Federal N° 1 determinó que la obra social deberá pagarle a la mujer por la depilación definitiva, la voluminización y feminización facial, la rinosplastia primaria, la mentoplastia con colocación de prótesis, blefaroplastia superior bilateral, lipoescultura de abdomen completo, lipotransferencia en región glútea bilateral y mamoplastia de aumento con colocación de prótesis bilateral. El fallo incluso determina con qué profesional tienen que llevar adelante la práctica.

El Juzgado Federal N° 1 de Corrientes resolvió hacer lugar a los reclamos y ordenó a la obra social a pagar por todos los tratamientos reclamados. La normativa lleva la firma del juez subrogante Gustavo Fresneda. 

Consideró que se debía seguir con lo dispuesto por la ley 26.743, de identidad de género. 

En su artículo Nº 11 establece que “todas las personas mayores de 18 años de edad podrán acceder a intervenciones  quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida…los efectores del sistema público de salud ya sean estatales, privados o del subsistema de obras sociales deberán garantizar en forma permanente los derechos que esta ley reconoce. Todas las prestaciones de salud contempladas en el presente artículo quedan incluidas en el Plan Médico Obligatorio”.

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