Corrientes hoy elige el binomio presidencial que conducirá el país por cuatro años, entre el candidato de unión por la Patria, el actual Ministro de Economía Sergio Massa y el postulante de la Libertad Avanza, el Diputado Nacional Javier Milei.
Tras las elecciones generales donde compitieron cinco frente electorales, sólo dos alcanzaron el piso establecido en Corrientes están habilitados para votar 933,441 electores. En toda la provincia funcionarán 2,760 mesas distribuidas en 334 escuelas en toda la provincia. De ese total, 85 son de Capital, cifra que corresponde a la misma cantidad de mesas.
Los electores se encontrarán con dos boletas en el cuarto oscuro, número que fue descendiendo considerablemente con el correr de los procesos electorales que se concretaron durante en el 2023.
Por un lado la boleta de color celeste pertenece a Sergio Massa, candidato de Unión por la Patria, y la papeleta de color morada corresponde al legislador Nacional, Javier Milei.
En esa línea, se debe recordar que la Cámara Nacional Electoral (CNE) dispuso utilizar los modelos de boletas oficializados para las elecciones pasadas en la sección presidencial con la supresión de la fecha del 22 de octubre o la sustitución por la del 19 de noviembre.
Vale mencionar que el viernes, la Junta Electoral Nacional de Corrientes convocó a una reunión de última hora por una presentación nacional de La Libertad Avanza sobre un posible fraude electoral. En Corrientes fue una especie de careo en el que se evacuaron dudas sobre las fajas de las urnas de Capital y donde llegó las respuesta ante el pedido de que haya fiscales generales tanto en la carga de telegramas y el traslado de urnas hasta la Legislatura. Finalmente tras la reunión quedó de manifiesto que ninguna de las observaciones planteadas repercuten en el proceso electoral.
Ganador
Ante la última instancia electoral, se debe considerar que el artículo 151 del Código Electoral Nacional, indica que el ganador del balotaje es quien “obtenga mayor número de votos afirmativos válidamente emitidos”. Esto quiere decir que será electo presidente quien se imponga en los próximos comicios, sin importar la diferencia entre ambos aspirantes.
En este marco también vale señalar que si alguien no votó en las elecciones generales y figura en el padrón electoral, tiene el derecho y la obligación de votar en la segunda vuelta del 19 de noviembre. Sin embargo, debe justificar su inasistencia a las internas ante la Secretaría Electoral que le corresponde dentro de los 60 días posteriores de la elección, para no quedar inscripto en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar.
En tanto, desde el viernes rige la veda electoral establecida por el artículo 71 que establece su inicio 48 horas antes de la apertura de los comicios y finalizará tres horas después de terminar la jornada electoral. Quienes no cumplan con la veda se ven expuestos a posibles denuncias o sanciones, siempre y cuando se compruebe la violación del Código Electoral.
Entre las características más importantes de la veda electoral se encuentra prohibido realizar actos de campañas por parte de los precandidatos presidenciales, como también no permitir la venta de bebidas alcohólicas o declaraciones de propaganda política de funcionarios o medios de comunicación. Además, también se prohíbe la difusión de encuestas que tengan que ver con las elecciones.
Según lo establece el artículo 140, la pena prevista para quien ”con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo” es de 2 meses a 2 años de cárcel, mientras que a quien “utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio”, según lo establecido en el artículo 141, tendrá un castigo de hasta 3 años de presión.
Asimismo, a los ciudadanos se les podrá cobrar una multa comprendida entre $10.000 y $100.000 si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación. Dicha multa será aplicada a aquellas personas que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.