El Tribunal Oral Penal N° 2 de Corrientes dio a conocer ayer los fundamentos de la sentencia a Álvaro Sebastián Villalba por la tentativa de femicidio cometido contra su pareja.
El jueces Ariel Azcona, Juan José Cochia y Román Facundo Esquivel acreditaron que Álvaro Sebastián Villalba actuó con “dolo de homicidio” en el hecho ocurrido el 18 de octubre de 2020. En esa oportunidad, mientras se celebraba el Día de la Madre, mantuvieron una fuerte discusión por celos en el departamento que compartían. Villalba le aplicó un golpe en el mentón y la roció con alcohol etílico prendiéndole fuego, según detallaron los magistrados en el fallo.
Los jueces entendieron que pese al consumo reconocido de alcohol y drogas, el condenado actuó a sabiendas de que su proceder podía provocar la muerte de su pareja, deceso que no se produjo por circunstancias ajenas a la voluntad del imputado.
El imputado le provocó lesiones 1° y 2° grado en el rostro, cuello, extremidades superiores, hombro, brazo y espalda del lado derecho a su pareja. La mujer huyó del lugar pidiendo auxilio y fue asistida por vecinos y personal del hospital, quienes salvaron su vida.
Asimismo, el TOP N° 2 constató que la víctima y el victimario mantenían una relación de pareja con convivencia desde hacía 8 meses antes del suceso (Art. 80 CP, inc. 1°).
Esa relación se hallaba marcada por indicadores de violencia verbal, física y psicológica del hombre hacia la mujer, relación de tipo disfuncional que se caracterizaba por la falta de recursos emocionales y psicológicos de la mujer para resistir o alejarse de su agresor, preservando el vínculo aun en perjuicio de sí.
El tipo penal implica una pena de prisión de 10 a 15 años. En este juicio, el fiscal del Tribunal, Gustavo Schmitt, solicitó la imposición de 12 años de prisión, mientras que la defensa particular solicitó la imposición de la pena prevista para el delito de lesiones culposas y la inmediata libertad de su asistido.
(WA)