La Cámara Federal porteña revocó un fallo que no consideró delito de lesa humanidad la sustracción de una recién nacida por parte de un gendarme en 1978, cuando le ofreció a la madre cuidarla unos días pero luego la inscribió como hija biológica.
El tribunal de apelaciones consideró que no puede descartarse que lo ocurrido haya sido un delito de lesa humanidad, y en consecuencia imprescriptible, en base al "contexto" en que ocurrieron los hechos y la condición de gendarme en actividad del imputado.
Ante ello la Sala II de la Cámara confirmó el procesamiento del acusado por sustracción de menores, delito de carácter permanente, pero revocó una decisión de la jueza del caso, María Servini, quien lo sobreseyó por otros dos cargos que consideró prescriptos, al descartar que se haya tratado de un delito de lesa humanidad.
La mamá de la beba -que entonces tenía tres meses- y el gendarme eran vecinos de cuarto en un hotel de la ciudad de Buenos Aires.
El hecho ocurrió en un operativo policial en el lugar, en el cual se detuvo al marido de la mujer, vendedor ambulante, y a ella le dieron 24 horas para salir del país en calidad de deportada, por no tener papeles migratorios en regla.
La beba carecía de documentos para salir del país con su mamá y le dijeron que "tenía que dejarla". Desesperada, y como el padre estaba detenido, la mujer aceptó el ofrecimiento de su vecino gendarme que cumplía funciones en la guarnición militar de Campo de Mayo.
(EN)