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/Ellitoral.com.ar/ Actualidad

Fin de la campaña electoral: cuáles son las sanciones para quien viole la veda

Desde este viernes están prohíbidos los actos políticos.

n Los frentes electorales pusieron fin ayer a la campaña electoral a 48 horas para las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias. Desde hoy rige la veda electoral que prohíbe los actos proselitistas, pero en las redes sociales la competencia continúa.

Es un hecho que la entrega de boletas continuará hoy en gran parte del día.

El artículo 71 del Código Electoral establece que la veda electoral debe comenzar a regir 48 horas antes de la apertura de los comicios y finalizará tres horas después de terminar la jornada electoral. Quienes no cumplan con la veda se ven expuestos a posibles denuncias o sanciones, siempre y cuando se compruebe la violación del Código Electoral.

Entre las características más importantes de la veda electoral se encuentra prohibido realizar actos de campañas por parte de los precandidatos presidenciales, como también no permitir la venta de bebidas alcohólicas o declaraciones de propaganda política de funcionarios o medios de comunicación. Además, también se prohíbe la difusión de encuestas que tengan que ver con las elecciones.

Según lo establece el artículo 140, la pena prevista para quien”con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo” es de 2 meses a 2 años de cárcel, mientras que a quien “utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio”, según lo establecido en el artículo 141, tendrá un castigo de hasta 3 años de presión.

Asimismo, a los ciudadanos se les podrá cobrar una multa comprendida entre $10.000 y $100.000 si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación. Dicha multa será aplicada a aquellas personas que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.

En lo que respecta a los candidatos, si no cumplen con la veda, podrán perder el derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual por un plazo que oscila entre uno y cuatro años. También dejan de percibir fondos para el financiamiento de una o dos elecciones.

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