Pese a un nuevo intento de Cristina Kirchner para que cese el control de su arresto domiciliario a través de la tobillera electrónica, el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2), que ejecuta la pena en el caso Vialidad, rechazó el pedido y confirmó la continuidad de las condiciones de detención.
La expresidenta, condenada por corrupción en el caso Vialidad, debe continuar con tobillera electrónica y con restricciones respecto a la cantidad de visitas que puede recibir. Asimismo, se mantuvo el criterio de utilización de la terraza durante dos horas por día.
El Tribunal rechazó íntegramente los planteos de la defensa, a través de los cuales Cristina Kirchner pretendía que se disponga el cese a la tobillera electrónica. Los magistrados resolvieron “mantener sin modificaciones todas las reglas de conducta y condiciones actuales de cumplimiento de la pena”.
La defensa había solicitado tres cambios principales, todos desestimados por el Tribunal: primero, se había pedido el cese del régimen actual o su retrotracción a las condiciones iniciales de junio de 2025.
El TOF 2 determinó que el cumplimiento satisfactorio hasta la fecha de las reglas impuestas no es una "circunstancia novedosa" que justifique cambios, ya que ese buen comportamiento es precisamente lo que permite la continuidad de la prisión domiciliaria.
Además, se aclaró que el principio de "progresividad" de la pena se aplica al sistema penitenciario (cárceles) y no implica una flexibilización automática de las reglas en la modalidad domiciliaria.
En lo que respecta a la tobillera electrónica, el abogado Carlos Beraldi había requerido el levantamiento del monitoreo alegando ausencia de riesgo de elusión.
Pero el Tribunal reiteró que el uso del dispositivo es la “regla legal obligatoria” prevista por el artículo 33 de la ley 24.660.
Los jueces entendieron que a la fecha “no se verificaron impedimentos médicos o técnicos que permitieran una excepción, y el Tribunal subrayó que la ley presume la necesidad de este control independientemente de que se haya demostrado o no un peligro concreto de evasión”.
Entre los aspectos manifestados por la defensa, se volvió a mencionar el uso de la terraza. Se pedía eliminar las restricciones de horario para el uso de la terraza del edificio. Por ese motivo el TOF 2 mantuvo las limitaciones horarias (diarias, de 6 a 20 horas, máximo dos horas) como una medida razonable.