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La Corte revocó el sobreseimiento del general Milani por la desaparición de un soldado

Había sido juzgado por la aparición de su firma en un acta de deserción del colimba desaparecido en 1976, quien en verdad había sido secuestrado. El tribunal de Tucumán y la Casación Federal consideraron que Milani no supo qué había pasado y ejecutó la orden de buscar a Ledo por desertor.

Por El Litoral

Martes, 29 de septiembre de 2026 a las 17:10

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó hoy la absolución de César Santos del Corazón de Jesús Milani, exjefe del Ejército durante el kirchnerismo, que fue acusado de haber encubierto la desaparición del soldado conscripto Alberto Agapito Ledo, en 1976, en Tucumán.

La decisión no condena a Milani ni lo declara responsable: devuelve el expediente al punto anterior a 2021. La Cámara de Casación deberá dictar un nuevo pronunciamiento; tendrá que revisar otra vez, con otra integración, si el militar encubrió lo que ocurrió la madrugada del 17 de junio de 1976.

Por mayoría y con la convocatoria de conjueces, el máximo tribunal hizo lugar a los argumentos de la Procuración General, que sostuvo que no estaba justificada la absolución por el beneficio de la duda.

La decisión de la Corte fue firmada por los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti y por el conjuez Juan Ignacio Pérez Curci (camarista federal de Mendoza), quienes compartieron e hicieron suyos “en lo pertinente” los fundamentos y las conclusiones del procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal.



Para el procurador, el tribunal y la Cámara Federal de Casación Penal omitieron valorar “exhaustivamente aquellas circunstancias comprobadas de la causa al afirmar que Milani no sabía, ni tenía ningún motivo para pensar que Ledo no había desertado, sino que había sido víctima de un acto criminal por parte de efectivos de las fuerzas armadas”.

Tampoco consideraron que habría mentido cuando consignó que el soldado desaparecido se había llevado sus cosas.

“La única forma de sostener razonablemente que (...) Milani no tenía ningún motivo para pensar que Ledo no se había fugado, sino que había sido víctima de un acto ejecutivo del plan aludido, sería admitir, ingenuamente, que el entonces joven subteniente ignoraba tanto cuál era el objetivo primordial del Ejército en la zona en la que se desempeñaba, como aquellas circunstancias sobre la personalidad de Ledo y el hallazgo de sus pertenencias, que eran conocidas para el resto de los miembros de la comisión”, sostuvo el dictamen.

En un voto concurrente, el conjuez Luis Renato Rabbi Baldi Cabanillas (camarista federal de Salta) coincidió en dejar sin efecto la absolución de Milani, al sostener que los tribunales inferiores hicieron un análisis “en abstracto” del papel de Milani, al considerar la deserción como “un mero trámite burocrático”, olvidando que la víctima ya había sido identificada como “marxista” y teniendo en cuenta la condena que en el mismo juicio se dictó contra Esteban Sanguinetti, oficial superior de Milani cuando ocurrieron los hechos.

La disidencia de Rosenkrantz

En disidencia, el juez Carlos Rosenkrantz también hizo un extenso análisis en el que cuestionó el recurso de la Procuración; hizo hincapié en lo que la fiscalía “no adujo ni explicó” y concluyó que correspondía confirmar la sentencia absolutoria.

“El horrible crimen contra Ledo ocurrió en el marco de la represión ilegal, pero no todo lo ocurrido entonces es el producto del obrar de todos los hombres de armas. La concreta participación de cada imputado debe ser demostrada en cada causa más allá de toda duda razonable”, señaló.

Rosenkrantz sostuvo que la fiscalía no contempló que “Milani, tal como lo afirmó el Tribunal Oral en su decisión, si bien era oficial del Ejército, ostentaba el cargo más bajo -subteniente-, tenía 21 años de edad al momento de los hechos y se había incorporado a la unidad solamente dos meses antes de la desaparición de Ledo, además de que no consta que haya participado de actividades de inteligencia, por lo que no se podía concluir -sin pruebas- que compartía con un capitán del Ejército la información sobre la comisión de delitos ordenados por los altos mandos militares”. El juez afirmó que la fiscalía tampoco explicó “por qué sería arbitraria la afirmación de los jueces inferiores en cuanto a que la elaboración del acta era una mera ‘operación de trámite”.

Según Rosenkrantz, “la circunstancia de que Ledo y Milani no hubiesen tenido relación entre sí en atención a que no pertenecían ni a la misma sección ni unidad (cuestión consentida por el fiscal) y la escasa jerarquía y edad del acusado, constituyen serios indicios de la razonabilidad de la duda sobre el desconocimiento de las circunstancias delictivas de su desaparición”.

Agapito Ledo era un estudiante de historia que tenía trabajo social junto al obispo de La Rioja Enrique Angelelli y militaba en el Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT).

Con información de La Nación

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