El Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Mercedes, dictó una sentencia que condena a los dueños de perros a indemnizar a una mujer que fue atacada y quedó con secuelas físicas permanentes.
El hecho que desencadenó la demanda civil ocurrió en la ciudad de Mercedes, cuando una mujer se desplazaba a bordo de su motocicleta y fue interceptada por tres perros que salieron de una propiedad privada. Los animales —dos de raza Crestada Rodesiana y un Jack Russell Terrier— actuaron bajo una dinámica grupal de jauría, lo que incrementó geométricamente la peligrosidad y la violencia del ataque sobre la víctima.
Como consecuencia la conductora perdió el control y sufrió múltiples y profundas mordeduras concentradas en la zona del muslo.
Los propietarios de los animales admitieron la existencia del incidente durante el proceso legal, pero intentaron atenuar su responsabilidad argumentando que solo había participado un animal, que las lesiones eran de carácter menor y ensayaron una polémica defensa alegando que la posterior desmejora de la salud de la damnificada respondió a que no guardó el reposo médico correspondiente.
Pericias veterinarias: la fisonomía y el temperamento de las razas
Para determinar el grado de responsabilidad y el peligro latente, el juez Gustavo Buffil analizó exhaustivamente las pericias veterinarias adosadas al expediente.
Los informes técnicos detallaron las características morfológicas y conductuales de los perros involucrados, confirmando que requerían un estándar de seguridad muy superior al implementado por sus cuidadores:
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Crestado Rodesiano: son ejemplares de gran porte, dotados de una notable fuerza física y un marcado e innato instinto de presa.
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Jack Russell Terrier: de dimensiones anatómicas pequeñas, la pericia científica determinó que posee un temperamento fuertemente dominante.
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El factor del riesgo: el magistrado concluyó que el riesgo fue triple debido a la conjunción del comportamiento en jauría, la dinámica jerárquica de ataque que adoptaron los animales y la negligencia de la falta de un cerramiento perimetral adecuado en la vivienda de los demandados, lo que les permitía salir libremente a la calle.
Conclusiones médicas y composición de la millonaria indemnización
El daño corporal y psicológico infligido a la motociclista quedó plenamente acreditado mediante peritajes médicos forenses.
Los profesionales constataron que la mujer experimentó un complejo cuadro de sobreinfección en las heridas que la obligó a someterse a dolorosos drenajes quirúrgicos, tratamientos farmacológicos intensivos y una prolongada rehabilitación kinesiológica que se extendió durante varios meses.
Las evaluaciones determinaron de manera concluyente que la víctima porta una incapacidad parcial y permanente del 5% como secuela directa de las mordeduras.
Ante este escenario, la sentencia firme 317/25 fijó el monto indemnizatorio en $4.693.734,22 más el aditamento de los intereses acumulados. La cifra global comprende la reparación por la incapacidad física remanente, el daño extrapatrimonial (daño moral) y el reintegro total de los gastos médicos y farmacéuticos en los que debió incurrir para su curación.
El principio de responsabilidad civil: más allá de las razas peligrosas
El aspecto doctrinario más destacado del fallo dictado en los tribunales de Mercedes radica en la interpretación legal del riesgo. El juez interviniente dejó sentado un principio fundamental para toda la provincia: la legislación vigente en la Argentina no exige taxativamente que un animal pertenezca a un listado cerrado de "raza potencialmente peligrosa" para que nazca la responsabilidad civil de sus responsables.
El dictamen judicial especifica de forma contundente que basta con que el animal o el conjunto de ellos hayan creado de forma efectiva un riesgo o un peligro latente para terceros en la vía pública debido a la grave omisión de control, cuidado y prevención de sus dueños.
De esta manera, la falta de medidas de contención edilicias adecuadas se traduce en una negligencia jurídica inexcusable que debe ser reparada económicamente.