Asimismo, los jóvenes podrán, como cualquier adulto, comprar y alquilar propiedades, firmar contratos, abrir cuentas bancarias, concretar emprendimientos comerciales, disponer de una herencia y tramitar documentos. Puede, además, votar, donar órganos, son penalmente responsables, pueden reconocer hijos extramatrimoniales, etc.
Si bien la mayoría de edad comienza ahora a los 18 años, los padres o tutores deberán continuar con la manutención y cobertura social de sus hijos hasta que cumplan 21 años.
Los criterios en el mundo sobre la mayoría de edad son muy diferentes. En la mayor parte, las personas logran su plena capacidad jurídica y son consideradas mayores a partir de los 18 años. Pero hay excepciones.
En El Salvador los hombres adquieren ese estatus a los 25 (las mujeres, a los 17), y en algunos países de Africa, a los 13. En Albania y Samoa Americana, a los 14, y en Kirguizistán, Escocia, Turkmenistán, Uzbekistán y Cuba, a los 16. En Japón, Corea del Sur, Taiwan y Tailandia se alcanza a los 20.
En algunos países, como en los Estados Unidos, difiere según el Estado: en Alabama y Nebraska es a los 19, pero en Mississippi, a los 21. A los 18 años los norteamericanos pueden ingresar en el ejército y cumplir tareas en el campo de batalla, pero no pueden beber alcohol hasta los 21. La emancipación o la judicialidad plena en la mayoría de los Estados de ese país es a partir de los 21, pero existen casos de personas menores juzgadas como mayores por la gravedad del hecho. Es decir, que la Justicia puede “emancipar” a alguien antes de tiempo. En Canadá también existen regiones que fijan la mayoría de edad a los 18 y otras, a los 19 años.
En Chile, el estatus de mayoría de edad se consigue a los 18 años, después de la sanción de la Ley 19.221 de 1993. Y en Uruguay, también. En cambio, en Brasil, la mayoría de edad se alcanza sólo a los 21.
En España, una persona alcanza la adultez a los 18 años, aunque hay una excepción regional: en Aragón, cualquier persona que tenga más de 14 años y desee casarse puede hacerlo y pasa a ser considerada una persona mayor de edad. En el resto del país, la edad mínima para casarse está fijada en los 16 años, aunque para tener relaciones sexuales consentidas se reduce a los 13 años.
Para cumplir una sentencia en prisión, en España los condenados deben tener más de 18 años.
Los legisladores que habían propiciado las modificaciones ahora convertidas en ley, afirman que “es un avance muy importante, pues permite ordenar la legislación y adecuarla a los países que integran el Mercosur y se corresponde con la opinión de la doctrina más moderna y los tratados internacionales.
El Senado aprobó la ley con 42 votos positivos y uno solo negativo, en tanto que anteriormente, en la Cámara de Diputados, recibió media sanción con 129 votos afirmativos y sólo 6 negativos.