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/Ellitoral.com.ar/ Opinión

16 de diciembre

Por Juan Carlos Raffo

Corría el año 1837... y se proyecta reformar la Constitución de Corrientes. A los cuatro días de asumir Genaro Berón de Astrada, la Legislatura integró una Comisión para la redacción de un proyecto. La integraron José Simón García de Cossio, Juan Paulino Cabral y Manuel Serapio Mantilla. 

Una de las cosas más destacadas del breve período de Berón de Astrada fue la reunión del Congreso General Constituyente para reformar la Constitución de la provincia. En la presidencia estuvo Pedro Ferré; en la vicepresidencia, Juan Nepomuceno de Goitía, y en las secretarías Juan Antonio Acevedo y Manuel Díaz.

El ex gobernador correntino Pedro Ferré acompañó la iniciativa con un oficio en el que expresaba: “Sin embargo, de nuestra condición defectible, brilla en ella todo el celo de un patriotismo puro y el amor innato a los derechos del hombre libre”. En estas palabras estaba sintetizado todo el espíritu democrático que fue siempre el norte de los hombres de Corrientes. El espíritu democrático y republicano de esta Constitución se traducía en limitaciones a los poderes y en la creación de nuevas instituciones, en la prohibición de reelecciones, dificultando las reformas constitucionales, persistiendo en el juicio de residencia y el juicio político en su concepto de simple alejamiento de los funcionarios del poder, dejando que la justicia ordinaria se ocupara de los delitos cometidos, reglamentando la hacienda pública, las facultades legislativas y el régimen electoral. 

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