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/Ellitoral.com.ar/ Policiales

Condenaron a un hombre a un año de prisión condicional por grooming

Se trata de un sujeto de apellido Correa, que en el 2017 se hizo pasar por otra persona y se contactó con una menor de 15 años por WhatsApp con el propósito de cometer un delito sexual. 

El Tribunal Oral Penal de Goya condenó a un hombre a un año de prisión condicional al comprobarse el delito de grooming, cometido en 2017. Tampoco podrá acercarse ni contactarse con la adolescente. Los fundamentos de la sentencia se conocerán el 25 de agosto.

El cuerpo tribunalicio, compuesto por los jueces Angel Duarte, Jorge Carbone y Darío Ortíz, halló a un sujeto de apellido Correa culpable del delito tipificado en el artículo 131 del Código Penal, donde se establece que “será penado con prisión de seis meses a cuatro años el que, por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactara a una persona menor de edad con el propósito de cometer cualquier delito contra la integridad sexual de la misma”.

El abogado querellante había solicitado la pena de 4 años de prisión, en tanto que la fiscalía pidió una condena de 2 años.

Cabe recordar que en junio de este año, Correa había intentado evitar ser juzgado, solicitando la suspensión de juicio a prueba, debido a que se trata de una persona sin antecedentes penales. Correa ofreció la suma de $10.000 en concepto de reparación patrimonial, comprometiéndose finalmente a realizar tareas comunitarias en el CIC Norte de Goya. 

Sin embargo, el planteo fue rechazado por unanimidad, tanto por la parte querellante, como por la asesora de menores y el Ministerio Público Fiscal. 

En la etapa instructiva el magistrado indicó que el grooming “es una acción deliberada que lleva a un adulto a ganarse la confianza de un menor con el propósito de contactarlo y posteriormente tomar el control emocional de la víctima, rompiendo sus débiles barreras, por razones de inmadurez biológicas, facilitando su propósito sexual”.

Luego de una exhaustiva instrucción e investigación en la que se puso al servicio de la Justicia todas las herramientas con las que hoy cuenta tanto el Superior Tribunal de Justicia como la Policía de Corrientes y federales, ya sea por medio de softwares y personal especializados, se pudo llegar a probar la autoría de Correa por el hecho que se investigó, tipificando su conducta el delito de “contacto con menor con el propósito de atentar contra la identidad sexual (Grooming, art. 131 del CP), dictándose el procesamiento y la prisión preventiva en orden al delito antes indicado.

“Correa inició un contacto telefónico mediante mensajes de WhatsApp con la menor, a la fecha con 15 años de edad, a quien conocía, ocultando su identidad y haciéndose pasar por otra persona; tenía el propósito evidente de cometer un delito contra la integridad sexual de la víctima, lo que quedó en evidencia en los mensajes enviados y que se hallan en las capturas de pantalla que fueron presentadas”, comentó el doctor Raúl Guastavino, en representación de la familia de la menor.

En cuanto a cómo se inició todo, “comenzó con preguntas de su actividad y de sus relaciones sentimentales, pasando de indudable contenido sensual, posteriormente solicitándole fotos y tratando de mantener un encuentro, aumentando la intensidad del tono del intercambio de mensajes, ya que hacía insinuaciones impropias por parte de un desconocido, mayor de edad, hacia una menor, haciendo ello indiscutible que la intención del prevenido era atentar contra la integridad sexual de la misma”, afirmó.

En esa línea, resaltó que “además la menor se asustó cuando el hombre dio su real identidad, así comentó lo sucedido a sus padres y estos intimidaron al sospechoso, que negó totalmente los dichos, pero en un grupo de WhatsApp quedó en evidencia debido a que cambió el número de celular y era el que contactó horas antes”. 

(NG)

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