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/Ellitoral.com.ar/ Opinión

La Justicia y el asombro

Qué pasará con el destino de la Corte Suprema de la Nación, aún es prematuro decirlo. Pero que está siendo el eje de un espectacular montaje político, que nadie tenga dudas.

Mientras el Gobierno arremete con proyectos y la vocación firme de modificar la composición fáctica del máximo tribunal, en el foro de la abogacía argentina la situación es digna de ser vista desde una platea preferencial.

La oposición no baja la guardia pero anticipó que no dan los números legislativos para enjuiciar a los ministros de la Corte, y cualquiera que siga con una mínima atención los debates del Congreso, se dará cuenta que el oficialismo no tiene ninguna votación garantizada.

Entonces, solo queda decir que hasta el momento, este show de verano es sin duda una jugada para generar asombros.

Sobre esas definiciones también descansa una fundamentación clara hecha recientemente por el miembro del colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires Alberto Garay, quien lo dijo en una columna de opinión aparecida en Infobae.

“Por momentos este Gobierno parecieran tener en común con los metafísicos de Tlon, imaginados por Borges, que no les interesa la verdad, tampoco la verosimilitud, sólo buscan el asombro. Porque asombro es lo menos que produce la lectura del proyecto de DNU a través de la que el Poder Ejecutivo propondría ampliar la Corte Suprema de Justicia de la Nación de 5 a 25 integrantes”, asevera Garay.

Y añade: “Todo decreto que se arroga facultades legislativas es insanablemente nulo. Así lo condena la Constitución expresamente. Determinar el número de jueces de la Corte Suprema es una atribución que corresponde al Congreso. Es decir que la iniciativa es nula. En ocasiones excepcionalísimas el Poder ejecutivo está habilitado para dictar normas de carácter legislativo si ellas fueran necesarias y urgentes y no se pudiera esperar el trámite legislativo, pero es obvio que hoy no se dan esas circunstancias excepcionales, según como prevé la Constitución y conforme esa disposición ha sido interpretada por la Corte Suprema”.

“Es más, al proponer ampliar la Corte de 5 a 25 integrantes este decreto interfiere y colisiona con el proyecto de ley que ya tiene media sanción del Senado. Pues la propuesta legislativa aprobada por el senado amplía la Corte a 15 miembros, no a 25”.

“También es paradojal el hecho que el Poder Ejecutivo haya habilitado el período de sesiones extraordinarias y que, entre los temas a tratar incluyó, precisamente, el proyecto que ya tiene media sanción. Es decir que, por un lado el Poder ejecutivo pide al Congreso que trate el proyecto que postula una Corte Suprema de 15 miembros y, por el otro, propone un DNU que aumentaría ese número a 25”.

“A poco que uno continúa con la lectura del DNU vuelve a toparse con escollos insalvables. Por ejemplo, por un lado, como se dijo, se proyecta ampliar el número de miembros del alto Tribunal a 25 y se dice que los actuales ministros de la Corte permanecerían en sus cargos. Pero, por el otro lado, se llamó a sesiones extraordinarias para que traten el pedido de juicio político a los jueces de la Corte, solicitado por unos diputados y diputadas a instancias del Poder Ejecutivo”. “El proyecto de DNU también propone regular el funcionamiento de la Corte de 25, en base a un sistema peculiar. La ley vigente prevé que la Corte puede dividirse en Salas, división que mereció críticas diversas de parte de los especialistas. Esta disposición legal sería derogada por el DNU. Ahora se establece que el número de jueces que intervendrá en cada causa dependerá de la actividad a desarrollar o de si el Estado, las provincias o la Caba son parte”.

En definitiva, estamos ante un proyecto inviable, no sólo porque es inadmisible que el Poder ejecutivo se arrogue la atribución de ampliar el número de jueces de la Corte Suprema por medio de un DNU que no reúne las exigencias constitucionales, sino también porque las restantes disposiciones -muchas inconsistentes y redactadas de manera reprochable (por ejemplo, hablan de “la presente ley” y es un DNU)- proponen un sistema antifuncional”, concluyó el letrado.

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