Un fallo de la Justicia de Córdoba dictaminó que la vacuna Sputnik V fue la causa de la muerte de Melín Sartori, una joven de 24 años que falleció en 2021 tras desarrollar una trombosis con trombocitopenia luego de recibir la primera dosis.
La Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones falló a favor de María Virginia Ruiz, madre de la víctima, y concluyó que el deceso estuvo directamente vinculado a la vacuna contra el covid-19.
Con la firma de los jueces Liliana Navarro, Graciela Montesi y Eduardo Avalos, si el fallo se sostiene, el Ministerio de Salud de la Nación deberá indemnizar a la familia con 95 millones de pesos.
Todo comenzó el 15 de julio de 2021 luego de que Melín recibiera la primera dosis de la Sputnik. Según su madre, la aplicación le “desencadenó distintas dolencias y afecciones” a su hija.
Seis días después de la aplicación, la joven empezó con dolor de cabeza y vómitos, síntomas que la llevaron a una internación.
El cuadro evolucionó hacia una trombosis con trombocitopenia que derivó en un deterioro neurológico irreversible.
Tras la muerte de su hija, María Virginia Ruiz impulsó la causa judicial y, según explicó su abogado, más allá de la indemnización, buscaba darle visibilidad y trascendencia al caso.
Ruiz, médica de profesión, denunció la situación desde un primer momento por el temor de que la dosis que recibió Melín perteneciera a un lote contaminado. Sin embargo, la Justicia terminó convalidando la existencia de efectos secundarios nocivos y, en este caso, letales.
El análisis clave para el fallo judicial
Uno de los puntos determinantes fue la intervención de la Comisión Nacional de Seguridad en Vacunas (CoNaSeVa), que revisó el caso y, a partir de la evolución del consenso científico internacional, reconoció formalmente el nexo causal entre la vacuna y el daño sufrido por la joven.
El abogado de la familia, Martín Barbará, sostuvo además que la Sputnik V “no tenía farmacovigilancia”, en referencia a la falta de un monitoreo continuo para detectar, evaluar y prevenir reacciones adversas.
“Fue un proceso novedoso, tocaba toda una cuestión que no estaba estandarizada”, explicó Barbará a medios cordobeses.
Según indicó, al momento de iniciar el reclamo no existía un procedimiento claro para denunciar este tipo de situaciones, lo que derivó en un trámite extenso y con demoras. Cinco años después, con el fallo favorable para la familia, el abogado aseguró que no conoce otro antecedente judicial similar.
El fallo marca un precedente de fuerte impacto judicial y sanitario, aunque referido a un caso particular analizado por la Cámara Federal de Córdoba.
TN