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/Ellitoral.com.ar/ Policiales

Aumentaron la recompensa para encontrar a Luis Saucedo y a Federico Marín

Mientras los dos acusados de narcotráfico en la causa de Itatí, el Ministerio de Seguridad de la Nación subió la recompensa para quien dé información. Subió de 500 mil pesos a 1.500.000.

La medida se tomó a través de la Resolución 423/2018 de la cartera dirigida por Patricia Bullrich. Se menciona que si bien la recompensa era de 500 mil pesos, "en atención al tiempo transcurrido se hace necesario incrementar el monto de las recompensas".

Tanto Luis Saucedo como Federico Marín están siendo buscado por ser presuntamente responsables del delito de narcotráfico en la causa conocida como Operativo Sapucay.

A continuación se transcribe el texto de la disposición.

Resolución 423/2018

Ofrécense recompensas.

Ciudad de Buenos Aires, 24/05/2018

VISTO el Expediente EX-2018-13036544- -APN-SCPC#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley Nro. 26.538, las Resoluciones M.J. y D.H. Nros. 1552 del 17 de agosto de 2012, 2318 del 29 de octubre de 2012 y 2313 del 11 de noviembre de 2015, y la Resolución Conjunta M.J y D.H. N°445 y M.S. N°271 del 24 de junio de 2016 y,

CONSIDERANDO

Que mediante la Ley N° 26.538 se creó un FONDO DE RECOMPENSAS, en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, actual MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, destinado a abonar una compensación dineraria a aquellas personas que, sin haber intervenido en la comisión del delito, brinden datos útiles para obtener la libertad de la víctima, preservar su integridad física, o lograr la aprehensión de quienes hubiesen tomado parte en la comisión de delitos que, por su gravedad o complejidad, justifiquen la recompensa para el suministro de información.

Que en razón del trabajo conjunto que han realizado el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y el MINISTERIO DE SEGURIDAD y en pos de coordinar políticas públicas en materia de política criminal, en concordancia con la Ley N° 22.520 y con el propósito de optimizar recursos y asegurar el desarrollo eficaz y eficiente de las tareas que estos Ministerios tienen asignadas, fue transferido, mediante Resolución Conjunta M.J y D.H. N°445 y M.S. N°271, al ámbito de la ex SECRETARÍA DE COOPERACIÓN CON LOS PODERES JUDICIALES, MINISTERIOS PÚBLICOS Y LEGISLATURAS del MINISTERIO DE SEGURIDAD, el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA que tiene por objeto planificar, coordinar y supervisar el cumplimiento de las acciones fijadas a la UNIDAD ESPECIAL PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA creada por la Ley N° 26.375 especificadas en su artículo 2° y las del FONDO PERMANENTE DE RECOMPENSAS creado por la Ley N° 26.538.

Que la Resolución M.J. y D.H. N° 2318 de fecha 29 de octubre de 2012 y su modificatoria, la N° 2313 del 11 de noviembre de 2015, establecen el procedimiento regulatorio del funcionamiento de los Fondos de Recompensas creados por las Leyes Nros. 26.375 y 26.538, en lo atinente al procedimiento y pago de éstas.

Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que oportunamente se dictaron las Resoluciones del Ministerio de Seguridad Nros. 545-E/2017 y 600-E/2017, que ofrecieron las recompensas de acuerdo a la Ley N° 26.538, que ascienden a la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000) cada una, a fin de dar con la aprehensión de Federico Sebastián MARÍN DNI Nº 33.723.235 y Luis Alberto SAUCEDO, DNI Nº 28.244.205, respectivamente.

Que en atención al tiempo transcurrido se hace necesario incrementar el monto de las mencionadas recompensas a PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000) para cada caso.

Que han tomado la intervención de su competencia la SECRETARÍA DE COOPERACIÓN CON LOS PODERES CONSTITUCIONALES, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que se cuenta con financiamiento suficiente para adoptar la presente medida.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y por la Resolución Conjunta M.J y D.H. N°445/2016 y M.S. N°271/2016

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Déjense sin efecto las Resoluciones del Ministerio de Seguridad Nros. 545-E/2017 y 600-E/2017, por la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA la suma de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL ($1.500.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para lograr la aprehensión de Luis Alberto SAUCEDO (alias “gordo” o “lucho”), DNI Nº 28.244.205, soltero, nacido el día 7 de noviembre de 1980 en la Ciudad de Itatí, Provincia de Corrientes, hijo de Cirilo SAUCEDO y María Casilda VALDEZ.

ARTÍCULO 3°.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA la suma de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL ($1.500.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para lograr la aprehensión de Federico Sebastián MARÍN, alias “Morenita”, titular del documento nacional de identidad Nº 33.723.235, de nacionalidad argentina, nacido el día 28 de diciembre de 1988, hijo de Florencia MARÍN.

ARTICULO 4°.- El procedimiento a seguir para proporcionar información en el marco del ofrecimiento dispuesto en el presente acto se ceñirá a lo previsto en el Anexo II de la Resolución M.J. y D.H. N° 2318/12 y su modificatoria.

ARTÍCULO 5°.- Las personas que quieran suministrar datos deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al número de acceso rápido 134.

ARTÍCULO 6°.- El pago de la recompensa será realizado en este MINISTERIO DE SEGURIDAD o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado.

ARTÍCULO 7°.-Instrúyase a las FUERZAS DE SEGURIDAD FEDERALES la difusión y publicación en todas sus formas de los afiches correspondientes a las recompensas ofrecidas.

ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Patricia Bullrich

e. 30/05/2018 N° 37934/18 v. 30/05/2018

Fecha de publicación 30/05/2018

 

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