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/Ellitoral.com.ar/ Sociedad

Revés judicial para un ahorrista: deberá pagar una cuota más cara por su auto

El Superior Tribunal de Corrientes ordenó al propietario abonar la totalidad de la cuota y no retrotraer su valor a noviembre de 2019.

El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes revocó una medida cautelar que había sido ratificada por la Cámara Civil y Comercial y  ordenó al propietario de un plan de ahorro de Toyota Plan Argentina S.A. a abonar la totalidad de la cuota y no retrotraer su valor a noviembre de 2019, informaron este jueves fuentes judiciales.

El juez de la corte provincial Guillermo Semhan consideró que "la orden de reducir cautelarmente el monto de las cuotas fundado en que la administradora demandada no notificó de modo fehaciente a los suscriptores el aumento de más del 20% del valor del vehículo, no se condecía con las constancias de la causa, en particular con las cláusulas del contrato".

“Tampoco puede tener injerencia -contrariamente a lo afirmado por la Cámara Civil-  el supuesto desfasaje entre el valor actual de un automóvil y los salarios en la Argentina, pues conocido es que nuestro país cíclicamente padece un contexto inflacionario, situación que no puede ser ajena ni al más desprevenido a la hora de contratar”, indicó el magistrado.

Por lo tanto, al no encontrarse los requisitos necesarios para la procedencia de la medida cautelar, decidió que sea revocada.

Su voluntad fue acompañada por los doctores Fernando Augusto Niz, Luis Eduardo Rey Vázquez, Eduardo Panseri y Alejandro Chaín.

Se trata de la sentencia civil N° 15/21, en la cual la corte provincial aclaró que "las medidas cautelares en principio no habilitan los recursos extraordinarios, pero esa regla encuentra excepción cuando el pronunciamiento sobre una medida cautelar puede generar al recurrente un gravamen que resulte de imposible, insuficiente o tardía reparación posterior, el cual es el caso que se analiza".

 

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