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/Ellitoral.com.ar/ Interior

STJ ratificó que un abuelo deberá colaborar con el pago de la cuota alimentaria para sus nietos

“El Superior Tribunal de Justicia resolvió que la responsabilidad en la manutención de un menor de edad alcance al abuelo, porque el padre no puede brindar el porcentaje establecido por acuerdo ya que no tiene empleo fijo”, informaron desde el mencionado organismo. 

Luego, indicaron que “la causa fue promovida por la madre del adolescente, quien se agravió de que el Juzgado en primera instancia denegara el pedido de ampliar la demanda de alimentos en representación de su hijo contra el abuelo paterno. 

La decisión también fue avalada por la  Cámara de Apelaciones (Sala III). El fundamento en que se ha sustentado aquel fallo, refiere a que el padre no se ha negado, ni resistido a la pretensión alimentaria sino más bien ha expresado su voluntad de cumplirla, no obstante no cuenta con un trabajo fijo. Así, se celebró un acuerdo-homologado luego por el tribunal- en virtud del cual el padre se comprometió a abonar la suma de $2.500 y que, de conseguir un empleo estable, aportaría el 20% de sus ingresos”.

Pero, remarcaron desde el STJ, “disconforme, la mujer apeló entonces a la Corte Provincial, cuya mayoría, hizo lugar al planteo presentado y adelantó que le asistía la razón a la madre”.

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