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Claves para entender el Rigi según Fundar

Por fundación Fundar *.

Por El Litoral

Martes, 14 de mayo de 2024 a las 17:09

El corazón de la Ley Bases que se está discutiendo hoy en el Senado no es el impuesto a las ganancias, la modesta (y asintomática) reforma laboral o el blanqueo. Ni siquiera las facultades delegadas al presidente. El núcleo de la propuesta del oficialismo está en el Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (Rigi), que consiste en incentivar, por un período de 30 años, mediante políticas fiscales y aduaneras, un boom de inversiones en minería, petróleo y gas. Y probablemente también en inversiones agropecuarias. El proyecto busca consagrar de una vez y para siempre un patrón de especialización productiva de Argentina como mero exportador de commodities, con multinacionales dominando la crema del negocio y sin ninguna articulación con el entramado productivo nacional o el sistema de innovación. Economía de enclave pura y dura.
En Fundar estamos de acuerdo con que el país necesita inversiones extranjeras directas. El capital extranjero es uno de los motores de una estrategia de desarrollo nacional como la que pensamos. Pero no se puede hacer de cualquier modo. El Rigi echa por tierra cualquier oportunidad de apalancarse en nuestros recursos naturales para capturar renta de forma razonable y de articular con los sectores productivos ya existentes y aquellos potenciales que surgirán por efecto de la inversión. También descarta de plano las bondades de una gobernanza socioambiental virtuosa, una de las cuales es precisamente darle mayor sustentabilidad a las inversiones. **]

Un punteo sobre el Rigi
Aranceles y producción local: el régimen permite importar insumos con arancel cero, mientras que los productores locales enfrentan aranceles del 15%, creando una desventaja competitiva y favoreciendo la importación sobre la producción local.
Estabilidad macro y excepciones de largo plazo: el régimen ofrece una excepción de 30 años para atraer inversiones extranjeras directas, garantizando beneficios impositivos y la eliminación de restricciones en la exportación e importación. Este largo periodo es excesivamente generoso y potencialmente limita la capacidad del gobierno para disponer  del recurso en situaciones de crisis como puede ser una ola de frío muy fuerte o una sequía.
Impacto en la política industrial y ambiental: el régimen impide el uso de políticas industriales para desarrollar sectores productivos locales y podría abrir la puerta a la importación de tecnología obsoleta, afectando negativamente al medio ambiente y a la calidad de la producción.
Renuncia a la jurisdicción nacional: el régimen otorga a las empresas el derecho a acudir directamente al  Ciadi  para arbitraje, evitando la jurisdicción nacional, lo que es una renuncia a la soberanía legal.
Discusión sobre la duración y condiciones del régimen: sugerimos que un plazo más corto (5 a 10 años) podría ser más razonable y se debate la necesidad de vincular las condiciones del régimen a la situación macroeconómica actual, en lugar de ofrecer estabilidad incondicional y excesivamente prolongada.
En resumen, aunque el régimen busca atraer inversiones mediante condiciones favorables, su diseño puede ser contraproducente, limitando severamente las capacidades regulatorias del Estado y comprometiendo el desarrollo sostenible y autónomo del país.

Posición Fundar
La posición es que el régimen, o se rechaza por completo, o necesita ser sustantivamente modificado. ¿Por qué? Porque Argentina necesita atraer inversión extranjera directa (IED) como condición sine qua non para explotar sus recursos naturales. Pero eso tiene que ser inteligente. Esto es, capturando renta,  cuidando el ambiente y desarrollando proveedores y capacidades productivas localmente. El Rigi va a en contra de los tres objetivos a la vez.
Por eso proponemos modificaciones sustanciales:
Dejar ganancias como está al 35%.
Estabilidad por 10 años (no 30).
Artículo 188, de importación a arancel 0, solo para producción de insumos maquinarias y bienes de capital que no se producen en el país (sujeto a autoridad de aplicación).
Artículo 192, de autoabastecimiento del mercado doméstico y exportación. Al ser un régimen flat esto es un gran problema. Por ejemplo, soberanía alimentaria en cuestión.
Evaluar enfocarnos en tres sectores: minería, hidrocarburos, hidrógeno.

* Organización dedicada al estudio, la investigación y el diseño de políticas públicas con foco en el desarrollo de una Argentina sustentable e inclusiva.
** Martín Reydó, director ejecutivo de Fundar, en Cenital.com

 

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