La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal resolvió por mayoría anular la resolución que había otorgado la libertad condicional al ex coronel del Ejército Horacio Losito, condenado por su participación en la Masacre de Margarita Belén durante la dictadura cívico militar que reinó la Argentina entre 1976 y 1983.
La decisión fue adoptada por los jueces Ángela Ledesma, Alejandro Slokar y Guillermo Yacobucci, con votos mayoritarios de Slokar y Ledesma, y el voto en disidencia de Yacobucci.
El 27 de diciembre de 2024, el juez de ejecución penal del Tribunal Oral Federal de Resistencia, Juan Manuel Iglesias, le había concedido la libertad condicional al considerar cumplidos los dos tercios de la condena a prisión perpetua, ya que Losito llevaba 20 años detenido. El magistrado fundamentó su decisión en un informe del Equipo Interdisciplinario de la Cámara de Casación, que valoraba positivamente su rehabilitación.
Sin embargo, la resolución fue apelada por la Fiscalía Federal, que objetó tanto la interpretación del informe como la evaluación general del caso. El Ministerio Público advirtió que Losito no había mostrado arrepentimiento ni comprensión del daño causado, y que persistía en negar la gravedad de los hechos. Además, cuestionó la falta de consideración de las voces de las víctimas y sus familiares, y subrayó la necesidad de un análisis más riguroso tratándose de crímenes de lesa humanidad, que afectan no solo a las víctimas directas, sino al conjunto de la sociedad y la comunidad internacional.
En su voto, el juez Slokar señaló que hubo “una desconsideración a las víctimas” en el tratamiento del fallo original, y agregó:“No fueron analizadas ni sopesadas las opiniones incorporadas, en la dimensión que provocan la revictimización, el dolor y la angustia de los familiares; con el otorgamiento de la libertad condicional a quien asesinó y en algunos casos incluso hizo desaparecer los cuerpos de sus seres queridos, sin haber demostrado ningún tipo de progreso en la comprensión del daño causado ni de la sanción impuesta.”
La jueza Ledesma, por su parte, observó que el informe técnico del Equipo Interdisciplinario no ofrecía un pronóstico claro de reinserción y destacó que el condenado no asumía responsabilidad por los delitos, incluso considerando “erróneamente” que no se trataban de crímenes de lesa humanidad. Además, justificó su accionar en el cumplimiento de órdenes superiores, lo que, según Ledesma, impidió un análisis profundo de su responsabilidad subjetiva.
Finalmente, el 27 de enero de 2025, el ministro de Defensa, Luis Petri, dispuso la baja del Ejército de Losito, en cumplimiento de la sentencia que quedó firme tras el fallo de la Corte Suprema. La condena incluye la inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos.