La doctora María Alicia Colombi que representa al imputado Raúl Alejandro Ibarra, fue la única que solicitó al cuerpo tribunalicio alegar antes de julio por la jubilación acordada a partir del primero de ese mes.
En ejercicio de la defensa de Ibarra, sostuvo que ese Ministerio reconocía los hechos pero discrepaba con la calificación legal atribuida por ambas acusaciones a su defendido, asegurando que el rol que le cupo al mismo fue de “chofer y campana, afuera del lugar del delito que acordaron cometer (robo)” y que por ello debía ser condenado como partícipe secundario por el delito de “robo en despoblado y en banda”.
Expresó con vehemencia que “la previsibilidad no basta para ampliar la culpabilidad”, y fundar el cambio de calificación. En definitiva, solicitó que se lo condenara por la calificación propuesta imponiéndose la pena mínima de 2 años y 6 meses de prisión, Y en caso de no prosperar el cambio propuesto por la misma, solicitó la pena mínima del delito por el que fue sostenida la acusación de 5 años de prisión. Finalmente solicitó -en uno u otro supuesto- la aplicación del precedente “Veira” para la reducción de la escala punitiva.
El TOP de Mercedes dispuso un cuarto intermedio hasta el 10 de julio a las 8 horas. Se espera para esa fecha los alegatos de los defensores particulares de Genes, y de los acusados Alegre, Zygalzki y Rosales. Finalizado los mismos se dará a conocer el veredicto.
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