Ayer jueves se cumplieron 20 años del denominado Pacto de Olivos, el acuerdo entre los ex presidentes Carlos Menem y Raúl Alfonsín para modificar la Constitución Nacional y habilitar la reelección por primera vez en la historia argentina.
La idea de Menem de retocar la Carta Magna tomó impulso después de la victoria que obtuvo el justicialismo en las elecciones legislativas de 1993, cuando en el país se experimentaba una aparente estabilidad económica, en medio del plan de convertibilidad.
Ese entendimiento inicial entre Menem y Alfonsín dio lugar al Pacto de Olivos, que fue firmado el 14 de noviembre de 1993 en la residencia presidencial, dando vía libre al riojano en su sueño reeleccionista.
Uno de los principales argumentos que dio Alfonsín para justificar el acuerdo con Menem fue que la reforma constitucional era una oportunidad de cambiar las reglas de juego y atenuar el sistema presidencialista.
En ese camino, la creación de la figura del jefe de Gabinete de Ministros fue uno de los ejemplos más claros, aunque no alcanzó para que el Poder Ejecutivo dejara de ser un órgano predominantemente unipersonal.
El artículo 100 de la Constitución establece que al ministro coordinador le corresponde “ejercer la administración general del país; ejercer las funciones que le delegue el Poder Ejecutivo; hacer recaudar las rentas de la Nación y ejecutar la ley de Presupuesto”, entre otras atribuciones.
A la vez, al igual que en los sistemas parlamentarios, se fijó que el jefe de Gabinete tuviera responsabilidad política ante el Congreso y sobre él pudiera recaer una moción de censura.
No obstante, al ser designado por el Presidente sin la necesidad de consulta al Parlamento, su capacidad de decisión quedó sujeta al Ejecutivo.
La reforma también reglamentó los Decretos de Necesidad y Urgencia, la delegación legislativa y la promulgación parcial de leyes, herramientas que permiten -con algunos controles del Parlamento- que el Poder Ejecutivo se meta en la cuestión legislativa, algo que está prohibido por la Constitución, excepto en situaciones “excepcionales”.
La incorporación de los DNU al texto constitucional buscaba delimitar el ejercicio del presidente, ya que con anterioridad a la reforma los mandatarios recurrían a esa herramienta pero sin controles.
La nueva Constitución fijó que sólo podía dictarse un DNU cuando “circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes, y no se trate de normas que regulen materia penal, tributaria, electoral o el régimen de los partidos políticos”.
Otro cambio que incorporó la reforma fue la creación del Concejo de la Magistratura, dejando atrás el sistema tradicional de designación de los jueces a propuesta del Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado.
De esta forma, la selección y remoción de jueces quedó a cargo del nuevo órgano, aunque aún no se le otorgó “la administración del Poder Judicial”, que está en la Constitución, pero que actualmente sigue en manos de la Corte Suprema.
A partir de la última reforma constitucional, once tratados internacionales de derechos humanos pasaron a tener jerarquía constitucional, es decir que quedaron a la altura del texto de la Constitución Nacional.