El Superior Tribunal de Justicia (STJ) se expidió ayer sobre el conflicto de poderes entre el Concejo y el Intendente de Garaví. El fallo contempla tres dictámenes: la anulación del juicio político del Intendente por el cual precisamente estaba separado del cargo desde diciembre del 2018; la “reconducción” de ese proceso con el correspondiente respeto a las garantías constitucionales; y la intimación para que -ambos poderes comunales- en un mes cumplan lo establecido por los títulos IV y V de la Ley Orgánica de Municipalidades (6.042).
El 21 de diciembre del año pasado se realizó una sesión especial como parte de un juicio político contra el intendente Erasmo Chukel. En aquella oportunidad, por dos votos a favor y uno en contra, fue destituido del cargo por presunto mal desempeño y conducta indebida. Decisión que, tal como establece la normativa, luego tendría que ser ratificada o rectificada a través de una consulta popular. Por ello, hasta que eso se concretara, inmediatamente la viceintendenta Claudia Nonino asumió como titular del Ejecutivo Municipal.
En tanto, Chukel acudió al Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Santo Tomé para objetar lo dictaminado por el Concejo Deliberante. Tal como informó este diario, argumentó que hubo irregularidades en el enjuiciamiento, porque no se respetaron las garantías constitucionales del debido proceso legal. En este sentido, su abogado, Tomás Silvano, señaló a El Litoral “que el concejal Alvez (Luis) fue el denunciante y luego participó del proceso, pese a que en realidad tendría que haber sido reemplazado por su suplente”.
Remitió
Si bien el Juzgado santotomeño estuvo a cargo de la causa durante varios meses, el pasado 14 de mayo se declaró incompetente para emitir un dictamen y ordenó que esta fuera remitida al STJ.
Luego, desde el citado organismo, con fecha 18 de junio emitieron una resolución a través de la cual declaró su competencia originaria y exclusiva para entender en la causa. Al mismo tiempo, fijó un plazo para que cada una de las partes presentara sus correspondientes alegatos. En ese contexto, en diálogo con El Litoral, ediles insistieron en la validez del juicio político: “Hace años que no presenta balances, más precisamente desde marzo del 2015”. Asimismo, agregaron que “no es cierto que Alvez participó del proceso, él no votó y no pudo asumir quien era su suplente porque esa persona falleció”.
Dictamen
Luego de recibir los argumentos de cada una de las partes intervinientes en el conflicto de poderes, los ministros del STJ emitieron un fallo. En el primer artículo de la sentencia, declararon “la nulidad de todo lo actuado en el juicio político, correspondiendo su restitución al cargo”. Pero al mismo tiempo, en el segundo ítems disponen “la reconducción del trámite, debiendo respetarse en el procedimiento de juicio político las garantías constitucionales del debido proceso legal”.
Y por último, intiman tanto al intendente Erasmo Chukel como a los integrantes del Concejo para que “en el perentorio término de 30 días corridos dispongan, dentro de sus respectivas competencias, lo necesario para dar total y acabado cumplimiento a las disposiciones de los títulos IV y V de la Ley Orgánica de Municipalidades”.
Beneplácito
“Siempre sostuvimos que se violaron las garantías constitucionales del debido proceso cuando se realizó el juicio contra Chukel. Por eso celebramos que el STJ se expidió en ese sentido. Quedó demostrado que Alvez lo denunció y también participó del enjuiciamiento, eso consta en las actas que se presentaron.
Tampoco fue reemplazado por su suplente, como dice la legislación vigente”, destacó Silvano en diálogo con El Litoral.
Con respecto a la condición que fijó el STJ, explicó que en un mes el Concejo y el Ejecutivo deberán cumplir con una serie de requerimientos. El primero de ellos se refiere específicamente a que el Concejo y el Ejecutivo deberán garantizar el funcionamiento de los órganos de contralor de la administración municipal. “El intendente debe proponer un sindico ante el legislativo para que allí le den el acuerdo”, indicó el letrado.
Mientras que el segundo título de la legislación señalada, se refiere a que el jefe Comunal deberá rendir cuentas de los recursos comunales que administra. Esto implica, entre otras cuestiones, la presentación del proyecto de presupuesto, informes de las ejecuciones presupuestarias, inventario de los bienes municipales, etc.
“Nos notificaron del fallo hoy (ayer) a las 18 por lo que ya comienza a correr el plazo fijado por el STJ”, afirmó Silvano, quien añadió que “el lunes Chukel reasumiría su rol en la Intendencia y comenzará a trabajar para cumplir con lo solicitado por la Justicia”.
Análisis
Por su parte, los ediles que consideran que Chukel debería ser destituido manifestaron a El Litoral que “Alvez no votó en el proceso de enjuiciamiento y su suplente no asumió porque lamentablemente falleció tiempo atrás”.
De esta forma, consideraron que no serían válidos los argumentos esgrimidos en el fallo del STJ. No obstante, indicaron que “aún no fuimos notificados por lo que vamos a esperar a leer el fallo completo. Y el lunes nos reuniremos para definir los pasos a seguir”.