El nuevo Código Procesal Administrativo ya cuenta con el consenso necesario para obtener media sanción en la Cámara de Diputados. Desde la Comisión de Legislación destacan la modernidad de la legislación, el énfasis en la tutela efectiva, como también la incorporación del amparo por mora y los procesos abreviados de inmuebles de dominio público que prevé.
Sobre la inminente sanción del Código Procesal Administrativo, El Litoral dialogó con el diputado Marcelo Chaín, presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General, quien indicó que “el proyecto ya está terminado y va a ser tratado en la próxima sesión, dado el pedido de preferencia que solicite la semana pasada. Todo está dispuesto para que la normativa, que fue trabajada con los académicos de la provincia, obtenga media sanción”.
El legislador provincial comentó también que la normativa vigente data de hace más de 20 años. Es la Ley 4.106 de Gustavo Adolfo Revidatti, quien fue el máximo exponente del derecho administrativo en la Provincia, a quien le vamos a rendir homenaje, ya que junto con los académicos entendimos que ante el advenimiento de un nuevo paradigma es necesaria su derogación para aprobar el nuevo Código Procesal Administrativo”.
“Destacamos el norte que ha tenido en su momento el doctor Revidatti y que ahora continúa, que es la jurisdicción por pretensiones hoy contrapuesta al modelo francés en el proceso del acto”, explicó.
“La nueva ley regula todos los juicios que se realizan en contra del Estado, esto es lo procesal administrativo. Fueron redactados más de la mitad de los artículos que lo conforman y ya no se denominará Contencioso Administrativo, pasará a denominarse Código Procesal Administrativo conforme las nuevas tendencias de esta rama del Derecho”, explicó Chaín en diálogo con este matutino.
Asimismo, en relación a las características del nuevo compilado jurídico, señaló que “es de fácil lectura, regula la competencia de manera más completa para evitar posibles conflictos. Además establece el cambio de denominación de la Cámara Procesal Contencioso Administrativo Electoral, que ahora solo se llamará Cámara Procesal Administrativo Electoral”.
También destacó el sistema de oralidad, la incorporación de las nuevas tecnologías (TIC) y la digitalización de las documentaciones. En esta misma línea, ponderó la incorporación del amparo por mora, que estaba en una ley y que ahora forma parte del nuevo Código Procesal Administrativo. También indicó que el flamante Código prevé procesos abreviados de inmuebles de dominio público.
“La nueva normativa implica cambios metodológicos y todas las normativas que estamos trabajando y que hemos sancionado apuntan a que los procesos duren el menor tiempo posible. Se pretende, en general, que todos estos códigos cuenten con la tutela efectiva que es la razonabilidad que debe existir entre la demanda de un juicio y la sentencia; porque si perdemos razonabilidad, no hay justicia”, explicó.
Por último, el presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Legislación General destacó también que esta normativa comenzará a regir sesenta días después de su publicación. Al mismo tiempo aclaró que en cada Código se encuentra tipificada la fecha de entrada en vigencia.
(MNR)