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Boleta Única, un gran aporte del Senado nacional a nuestra democracia

Por Victor Enrique Ibañez Rosaz*. Publicado en Infobae.

Por El Litoral

Viernes, 12 de enero de 2024 a las 17:21

La Constitución Nacional es, en sí misma, un proyecto de Nación, la expresión normativa del proyecto político de una comunidad. Y como tal, sin perder nunca su esencia, debe ser permanentemente actualizada y aggiornada, de acuerdo a las cambiantes situaciones de la dinámica social, política, económica y cultural.
Los pilares de nuestro proyecto se basan en la idea de la República, en la libertad y en la autonomía de los ciudadanos, en la división y equilibrio de las funciones del poder y en el federalismo.
Se trata de principios rectores, marcos normativos estructurales, que no se concretan, per se, por su sola enunciación o consagración en la letra constitucional. Es en la propia dinámica política, legal e institucional, y en el ejercicio del poder político, en que estos aspectos fundantes del proyecto constitucional se materializan o se frustran. La concreción de los enunciados, su ejercicio efectivo y pleno depende, en última instancia, de la instrumentación de las garantías que le otorguen plena vigencia y efectividad.
Desde esta perspectiva constitucional interpreto y valoro el proyecto de Boleta Única Papel, que tuvo dictamen favorable en el plenario de las comisiones en el Senado de la Nación el pasado 10 de enero y que ya cuenta con la aprobación de la Cámara de Diputados.
Lo especialmente valioso del proyecto de ley en cuestión es que favorece la materialización de uno de los principios fundantes de la Constitución Nacional: la libertad y autonomía plena de los ciudadanos en materia electoral y de ejercicio de los derechos políticos, libertad y autonomía, entendidas como ausencia de todo tipo de coerción de los aparatos partidarios, de estructuras estatales o paraestatales, de los caudillos de turno, de las conductas disvaliosas arraigadas en nuestras costumbres como el robo y/o falsificación de boletas, el voto cadena, etc.
La clave de bóveda de todo el sistema, la garantía para que los derechos consagrados no queden en letra muerta, es que puedan ser ejercidos a través de herramientas claras, transparentes, cada vez más modernas y eficientes. Ese es el sentido profundo y marcadamente constitucional de la Boleta Única Papel. Se trata de algo que va más allá del establecimiento de ciertas pautas. Algo más profundo y esencial que las meras reglas de juego. Citando a Bobbio cuando habla de los derechos políticos, podemos decir que estamos hablando de “las reglas preliminares que permiten el desarrollo del juego”.
No concibo el derecho Constitucional apartado de la dinámica institucional y política en la que los principios y garantías que la Constitución contiene se debaten, materializan, interrumpen o tergiversan. El derecho constitucional es una materia viva y en permanente desarrollo, y es en el debate de este tipo de leyes y en su instrumentación donde radican los principales desafíos y tensiones de la materia constitucional.
José Nicolás Matienzo nos dice que la Constitución debe ser estudiada no solo en su letra, sino también en su práctica, en sus antecedentes históricos y en su función política, pues cada pueblo elabora gradualmente su Constitución peculiar, formándola con su vida real (José Nicolás Matienzo, “Lecciones de Derecho Constitucional”, 1926).
Párrafo final merece el aspecto relativo a la instrumentación y puesta en práctica de la norma una vez que sea sancionada. La reglamentación, difusión, capacitación y comunicación del nuevo sistema supone un desafío adicional que debe ser previsto desde el momento mismo de la sanción de la norma. En nuestro país hay valiosos ejemplos como los de las provincias de Santa Fe, Córdoba y Mendoza que deben ser tenidos en cuenta.

*Abogado y doctor en Ciencias Jurídicas y Sociales

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