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Cómo impacta el DNU de Milei en las legislaciones ambientales

Se deroga la Ley de Tierras que ponía límites al dominio extranjero sobre la propiedad o posesión de las tierras rurales, y un fondo que incentivaba las energías renovables. También deroga otras normas sobre combustibles y minería.

Por El Litoral

Sabado, 06 de enero de 2024 a las 09:51

El decreto de necesidad y urgencia (DNU) presentado por el presidente de la Nación, Javier Milei (La Libertad Avanza) ya entró en vigencia. La norma, que elimina o modifica cientos de leyes y decretos relacionados con el mercado laboral, la aeronáutica, la economía y la salud, entre otros temas, también lo hace sobre el ambiente.

La derogación de la Ley de Tierras

Sancionada en 2011, la Ley de Tierras ponía límites al dominio extranjero sobre la propiedad o posesión de las tierras rurales: establecía un límite de 15% a tierras en manos de extranjeros y prohibía que un titular extranjero de una misma nacionalidad pueda tener más del 30% de ese 15% total sobre las tierras rurales ni superar las mil hectáreas en la zona agrícola núcleo (las tierras más productivas) o sus equivalentes. Además, prohibía la titularidad o posesión de tierras ribereñas de cuerpos de agua (ríos, lagos o cuencas) y de inmuebles ubicados en zonas de seguridad de frontera.

“La derogación de esta ley conlleva directamente la liberación total de la compra o posesión a capitales extranjeros. Extranjerizar nuestros suelos se traduce en perder nuestra soberanía sobre los bienes comunes asociados al suelo y agua. A su vez, esto implica el desplazamiento de poblaciones vulnerables. Comunidades campesinas e indígenas podrán ser expulsados por la megaminería metalífera y de litio, la expansión de la frontera sojera-ganadera, foresto-industrial y el corrimiento de la explotación hidrocarburífera”, señalaron en un comunicado el Colectivo de Acción por la Justicia Ecosocial (CAJE) y la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas (AAdeAA).

Energías renovables y minería

En términos de fuentes de energía, el decreto deroga los artículos 16 al 37 de la Ley N° 27.424, titulada “Régimen de Fomento a la generación distribuida de energía renovable integrada a la red eléctrica”. Se llama generación distribuida a la utilización de fuentes renovables, como el sol, el viento, la geotermia o la biomasa, para la generación de energía destinada para el autoconsumo, teniendo la posibilidad de inyectar a la red de distribución los excedentes de dicha generación.

Según un análisis de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), la derogación de esos artículos desarman un fideicomiso denominado Fondo para la Generación Distribuida de Energías Renovables (FODIS) “que otorgaba préstamos y estímulos a quienes incorporaran en sus residencias equipos de generación de energía para autoconsumo o para ser introducidas a la red”. 

“Se derogaron (DNU) los artículos que otorgan al Estado instrumentos para acelerar el ingreso de las renovables en la modalidad de generación distribuida. No es una medida inteligente dejar al Estado sin mecanismos disponibles para ser utilizados para acelerar el ingreso de renovables. Usados de manera eficiente y transparente, son mecanismos que generan energía, eficiencia y empleos”, señaló en X Juan Carlos Villalonga, ex diputado nacional por Cambiemos (2015-2019) y especialista en sustentabilidad y transición energética.

La incógnita sobre la Ley de Manejo del Fuego

En su discurso, Milei también anunció la modificación de la Ley (de Manejo) del Fuego. Sin embargo, en el DNU publicado no figura ningún artículo que modifique esa norma. 

La Ley 26.815 de Manejo del Fuego establece los presupuestos mínimos de protección ambiental en materia de incendios forestales y rurales en el ámbito del territorio nacional. Esta norma aplica a las acciones y operaciones de prevención, presupresión y combate de incendios forestales y rurales, en bosques nativos e implantados, áreas naturales protegidas y zonas agrícolas, entre otras áreas donde las estructuras edilicias se entremezclan con la vegetación fuera del ambiente estrictamente urbano o estructural.

“Esta mención genera alarma en la medida que los incendios crecientes, vinculados a los usos de la tierra y agravados por las sequías y el calentamiento global requiere de un importante presupuesto, no solo para el combate del fuego, sino para su prevención”, señalaron desde FARN.


Con información de Chequeado

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