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Garrapata: autorizan movimientos a zona de erradicación sin inspecciones del Senasa

En una resolución íntegramente ligada a Corrientes, el Senasa autorizó el movimiento de hacienda desde zona sucia a zona de erradicación de garrapata, sin procedimiento de inspección, siempre que la tropa vaya a faena inmediata dentro de la provincia.

Por El Litoral

Miércoles, 28 de noviembre de 2018 a las 04:04

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) le dio un guiño a los productores ganaderos de Corrientes. Principalmente a los que tienen sus campos en zona de control de garrapata –más conocida como “zona sucia”-, que desde la semana pasada ya pueden enviar sus animales a faena a establecimientos que se encuentren en zona de erradicación, siempre que sea para faena inmediata, sin la necesidad de inspecciones ni procedimientos sanitarios precaucionales.
La Resolución N° 841/2018 del Senasa, publicada la semana pasada en el Boletín Oficial, en su artículo 1° autoriza en la Provincia de Corrientes “el movimiento de animales desde la zona de control hacia la zona de erradicación, sin la obligación de cumplir con el procedimiento de inspección y despacho de hacienda únicamente cuando el destino final de los animales sea la faena inmediata en un frigorífico ubicado en la misma provincia”.
“Fue un pedido de la Coprosa (Comisión Provincial de Sanidad Animal) que se realizó al Senasa; y responde a cuestiones de residuos de medicamentos que pueden quedar en el animal cuando se realizan los baños precaucionales antes del despacho”, explicó Pablo Pohl, coordinador temático de sanidad animal de la Regional NEA del Senasa.
A partir de la normativa, los productores de zona sucia que busquen despachar hacienda hacia zona de erradicación, no deberán realizar las inspecciones y el despacho de la hacienda. Siempre que las tropas vayan inmediatamente a faena. “Está completamente prohibido que vayan a terminarse a un campo de zona de erradicación bajo este sistema; pondría en riesgo la sanidad de ese mismo campo, incluso”, comentó Pohl.
En otra parte de la Resolución del Senasa, se habla de sanciones. “Los infractores a la presente resolución son pasibles de las sanciones que pudieran corresponder de conformidad con lo establecido en el Capítulo V de la Ley N° 27.233, sin perjuicio de las medidas preventivas que pudieran adoptarse en virtud de lo dispuesto en la Resolución N° 38/2012”, señala el escrito.
“Esto puede bajar costos a los productores, seguramente; pero lo que se busca es garantizar la sanidad de los animales que van a faena”, argumentó el coordinador de sanidad animal del NEA en el Senasa.
 

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